Está Vd. en

Documento BORME-C-2022-432

INGENIERÍA E INTEGRACIÓN AVANZADAS (INGENIA), S.A.U.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
BABEL GESTIÓN DE INMUEBLES, S.L.
(SOCIEDAD DE NUEVA CREACIÓN BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN PARCIAL)

Publicado en:
«BORME» núm. 27, páginas 516 a 516 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-432

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), por remisión del artículo 73 de dicha Ley, se publica que, el 3 de febrero de 2022, el accionista único de la sociedad INGENIERÍA E INTEGRACIÓN AVANZADAS (INGENIA), S.A.U. ("Ingenia") acordó la escisión parcial de la misma, mediante el traspaso en bloque por sucesión universal de una parte de su patrimonio, que conforma una unidad económica, consistente en la actividad de gestión inmobiliaria, a favor de una sociedad de nueva creación denominada BABEL GESTIÓN DE INMUEBLES, S.L., recibiendo el accionista único de Ingenia la totalidad de las participaciones de BABEL GESTIÓN DE INMUEBLES, S.L. esto es, en proporción a su participación en Ingenia, sin que exista compensación complementaria en dinero.

Como consecuencia de la escisión parcial, el accionista único de Ingenia ha acordado reducir el capital social de dicha sociedad en la cantidad de 213.054,50 euros mediante la amortización de 3.545 acciones de Ingenia, de 60,10 euros de valor nominal cada una de ellas, por lo que el capital social de Ingenia pasará a ser de 538.195,50 euros, dividido en 8.955 acciones nominativas, numeradas de la 1 a la 8.955, ambas inclusive, de 60,10 euros de valor nominal cada una de ellas.

El acuerdo de escisión parcial fue adoptado conforme al proyecto de escisión que fue formulado y suscrito por el órgano de administración de Ingenia el 1 de febrero de 2022.

De conformidad con establecido en los artículos 42 y 78 bis de la LME, al adoptarse el acuerdo de escisión parcial por el accionista único de Ingenia y al atribuirse a dicho accionista único de Ingenia la totalidad de las participaciones de la sociedad beneficiaria de la escisión, esto es, proporcionalmente a los derechos que tiene en el capital de Ingenia, no resulta necesario publicar o depositar el proyecto de escisión, y tampoco resultan necesarios el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión, el informe de expertos independientes, ni el balance de escisión.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste al socio y a los acreedores de Ingenia de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores en el plazo y en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la LME.

En Málaga, 4 de febrero de 2022.- D. Rafael López Clapés, representante persona física de Babel Tenedora de Participaciones, S.A., Administrador Único de Ingeniería e Integración Avanzadas (INGENIA), S.A.U.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid