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Documento BORME-C-2022-4428

HIFI-RACK,S.A.L

Publicado en:
«BORME» núm. 117, páginas 5409 a 5409 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2022-4428

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 de la ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General Extraordinaria de accionistas de la Sociedad Mercantil "HIFI-RACK,S.A.L", celebrada el 28 de Febrero de 2022, en la Calle Espronceda, número 309, 7º1ª, 08018 de Barcelona, y con NIF A58961483, aprobó bajo el punto primero del orden del día la reducción de capital mediante la amortización de sus acciones propias.

En lo referente a la reducción de capital para amortizar acciones propias, se acordó reducir el capital social en la cifra de MIL DOSCIENTOS DOS EUROS CON DOS CENTIMOS (1.202,02 €) mediante la amortización de 200 acciones propias (de la 1.001 a 1.200) de un valor nominal por acción de 6,010121 euros que poseía la sociedad en autocartera.

Como consecuencia de la reducción de capital procede dar nueva redacción al artículo 5º de los Estatutos Sociales, que queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo 5º.- El capital social se fija en la suma de CINCUENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE EUROS CON DIECINUEVE CENTIMOS (58.899,19 €) representado por 9.800 acciones ordinarias, nominativas y de una sola serie, de 6,010121 de valor nominal cada una de ellas y numeradas correlativamente de la 1 a la 9.800, ambas inclusive. Se representan por títulos que podrán ser unitarios o múltiples y contendrán todos los requisitos legales y la firma del Administrador. El capital social esta enteramente suscrito y desembolsado. Las acciones se dividen de dos clases, A y B, en ambos casos nominativas, perteneciendo a la clase A las acciones números 1 a 1.000, de la 1.201 a 1.700, de la 2.001 a 5.400 y de la 7.400 a 10.000, todas inclusive, y a la clase B los números 1.701 a 2.000 y de la 5.401 a 7.399, todas inclusive.

La reducción no entraña devolución de aportaciones por ser la propia sociedad la titular de las acciones amortizadas. Por tanto, la finalidad de la mencionada reducción será la amortización de tales acciones propias.

Todo lo anterior se hace público a los efectos de que los acreedores de la Sociedad puedan formular su derecho de oposición a la citada reducción de capital en el plazo de un mes, en los términos previstos en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

Barcelona, 1 de marzo de 2022.- Administrador Unico, Joaquin Hernández Gómez.

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