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Documento BORME-C-2022-4551

KALEIDOS VENTURES, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 120, páginas 5551 a 5551 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2022-4551

TEXTO

De conformidad con lo establecido en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que la Junta General Ordinaria, Extraordinaria y Universal de socios de la sociedad Kaleidos Ventures, S.L. (en adelante, la "Sociedad"), adoptó por unanimidad, con fecha 20 de junio de 2022, entre otros, los siguientes acuerdos:

(i) Aprobar el proyecto de traslado internacional del domicilio social de la Sociedad, que fue elaborado por el Consejo de Administración de la Sociedad y depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 22 de abril de 2022 y publicado en el BORME número 85 de 5 de mayo de 2022.

(ii) Aprobar el traslado internacional de su domicilio social, desde el actual, sito en Madrid, Calle Fortuny, Numero 19, 1º Izquierda, 28010, a los Estados Unidos de América, al Estado de Delaware, 1209 Orange Street, Wilmington, condado de New Castle, manteniendo su personalidad jurídica, de conformidad con lo previsto en el artículo 93.1 de la LME.

(iii) Aprobar los nuevos estatutos sociales adaptados al derecho extranjero y que regirán la Sociedad una vez sea efectivo el traslado internacional del domicilio social que se incluyen en el proyecto de traslado internacional del domicilio social de la Sociedad en los términos contenidos en el citado proyecto.

Se informa del derecho de los trabajadores y los acreedores de examinar en el domicilio social el proyecto de traslado internacional, el informe de los administradores y el texto íntegro de los acuerdos adoptados por la Junta General Ordinaria, Extraordinaria y Universal, así como de obtener gratuitamente, si así lo solicitan copias de dichos documentos.

Los acreedores cuyo crédito hubiera nacido antes de la fecha de la publicación del proyecto de traslado del domicilio al extranjero tendrán el derecho a oponerse al traslado en los términos del artículo 44 de la LME por remisión del artículo 100 LME. Podrán ejercitar este derecho durante el plazo de un (1) mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba el traslado del domicilio social.

Madrid, 20 de junio de 2022.- El Presidente del Consejo de Administración, D. Pablo Ruiz Muzquiz.

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