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En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 84 y 87.2 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "Ley 3/2009"), se hace público que, de acuerdo con el contrato de compraventa sujeto a derecho alemán suscrito el 25 de octubre de 2021 entre UBS Europe SE y Singular Bank, S.A.U., está previsto, siempre y cuando se cumplan una serie de condiciones suspensivas recogidas en dicho contrato de compraventa, que Singular Bank, S.A.U. adquiera en bloque, como cesionaria, el negocio de gestión de patrimonios (wealth management) de UBS Europe SE, Sucursal en España, a través de EVOO S.A. & CO. KG, sociedad comanditaria constituida conforme a legislación alemana, como cedente.
De conformidad con los artículos 84 y 87.2 de la Ley 3/2009, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de Singular Bank, S.A.U. a obtener el texto íntegro del acuerdo de cesión global internacional de activo y pasivo y el derecho que asiste a los acreedores a oponerse a la cesión en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de cesión global internacional de activo y pasivo.
No obstante, dado que, conforme a lo previsto en el artículo 84 de la Ley 3/2009, la cesión global internacional de activo y pasivo se rige por lo establecido en las respectivas leyes personales de las sociedades participantes en la cesión, no es de aplicación lo previsto en el artículo 87.1 de la Ley 3/2009 por ser la sociedad cedente una sociedad alemana y no precisarse acuerdo de cesión global de activo y pasivo conforme a lo establecido en la ley alemana.
Madrid, 23 de junio de 2022.- Secretaria General de Singular Bank, S.A.U, Josefina Munuera Cebrián.
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