Contido non dispoñible en galego
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009 sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante LME), por remisión del artículo 73 de la citada Ley, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de Agrícola Diansa, Sociedad Limitada, celebrada el día 29 de junio de 2022, acordó, de forma unánime, aprobar la escisión total de la Compañía (Agrícola Diansa, S.L.) mediante el traspaso en bloque por sucesión universal de la totalidad de su patrimonio social a favor de dos sociedades beneficiarias de nueva creación denominadas Buenavista AgroDiansa, S.L. e Inversiones Diansa Inmobiliaria, S.L.. Estas sociedades se subrogarán en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido.
De conformidad con el artículo 78 bis de la LME, se atribuyen a los socios de la sociedad escindida (Agrícola Diansa, S.L.) las participaciones sociales de las sociedades beneficiarias de nueva creación (Buenavista AgroDiansa, S.L. e Inversiones Diansa Inmobiliaria, S.L.) de forma proporcional a los derechos que tenían en el capital de aquella.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes de obtener el texto integro de los acuerdos adoptados y de los balances de la escisión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la escisión, conforme a los artículos 43 y 44 de la LME, en el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión.
Asimismo, los socios titulares de derechos especiales, distintos de las participaciones sociales y representantes de los trabajadores tienen derecho a examinar en el domicilio social los documentos a que se refiere el artículo 39 de la LME.
Sevilla, 29 de junio de 2022.- Administrador Único de Agrícola Diansa, S.L, Juan Álvarez Domínguez.
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