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Documento BORME-C-2022-5124

LINACAL, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
MANTENIMIENTOS HOLGUIN, S.L.U.
VIMAR LOGROÑO, S.L.U.
IFONCALE NAVARRA, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 138, páginas 6204 a 6204 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-5124

TEXTO

A efectos de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el socio único de Linacal, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente") y las sociedades Mantenimientos Holguin, S.L.U., Vimar Logroño, S.L.U. e Ifoncale Navarra, S.L.U. (las "Sociedades Absorbidas"), es decir, Homeserve Iberia, S.L.U., ha aprobado, con fecha 11 de julio de 2022, la operación de fusión por absorción de las Sociedades Absorbidas por parte de la Sociedad Absorbente. Esta operación supone la consiguiente disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y la transmisión en bloque de todos los elementos patrimoniales integrantes del activo y pasivo de las Sociedades Absorbidas, a título de sucesión universal, en favor de la Sociedad Absorbente.

A la presente fusión le resulta de aplicación el régimen especial previsto en el artículo 49.1 de la LME, por remisión del artículo 52.1 de la LME, en la medida en que el socio único de la Sociedad Absorbente es titular, a su vez, de manera directa, de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social de las Sociedades Absorbidas.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades participantes a obtener, en los domicilios sociales respectivos, el texto íntegro de los acuerdos adoptados por el socio único de las sociedades intervinientes aprobando la operación de fusión, y a obtener los respectivos balances de fusión de las respectivas compañías.

De acuerdo con el artículo 44 de la LME, los acreedores de las Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas, cuyos créditos se encuentren en la situación que se describe en el apartado 2 del referido artículo 44 de la LME, podrán oponerse a la operación de fusión durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de los acuerdos por los que se aprueba la operación de fusión, en los términos previstos en el citado artículo.

En Tudela (Navarra), Barañáin (Navarra) y Logroño (La Rioja), 11 de julio de 2022.- Presidente del Consejo de Administración de Linacal, S.L.U., Mantenimientos Holguin, S.L.U, Vimar Logroño, S.L.U. e Ifoncale Navarra, S.L.U, Don Fernando Prieto Gibello.

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