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Documento BORME-C-2022-517

IBSA CANARIAS DE ACTIVOS PATRIMONIALES, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 31, páginas 610 a 610 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2022-517

TEXTO

La Junta general de socios de "lbsa Canarias de Activos Patrimoniales S.L." ha acordado con fecha 26 de octubre de 2021 aumentar el capital social de la entidad en por importe de DOSCIENTOS CUARENTA MIL EUROS (240.000,00€), mediante la creación de DOSCIENTAS CUARENTA MIL (240.000) participaciones sociales nuevas, de clase única, de un valor nominal de UN EURO (1,00€), numeradas del 23.417.501 al 23.657.500, ambas inclusive.

El contravalor del aumento del capital social de TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS EUROS (352.800,00€) EUROS, se hará con cargo a nuevas aportaciones dinerarias, por importe de DOSCIENTOS CUARENTA MIL EUROS (240.000,00€) de valor nominal de las DOSCIENTAS CUARENTA MIL (240.000) participaciones sociales creadas, así como una prima de emisión de CERO CON CUARENTA Y SIETE CENTIMOS DE EURO (0,47€) por cada participación suscrita.

El contravalor de las nuevas participaciones sociales deberá ser íntegramente desembolsado mediante aportaciones dinerarias en el momento de asunción, debiendo quedar ingresado en la cuenta de la sociedad.

Se reconoce a los socios el derecho a asumir un numero de las nuevas participaciones sociales proporcional al valor nominal de las que poseen, en los términos establecidos en el artículo 304 de la Ley de Sociedades de Capital.

Para ello se concede a los socios un plazo de suscripción preferente de un mes desde la publicación en el BORME del acuerdo de ampliación de capital.

Se faculta al Consejo de Administracion para que transcurrido el plazo fijado para el ejercicio de suscripción preferente ofrezca las participaciones sociales vacantes a los socios que hubieran acudido a la ampliación de capital, en las mismas condiciones y bajo el mismo criterio de proporcionalidad entre éstos, concediendo para ello un plazo de quince (15) días, debiendo quedar cerrada la ampliación de capital antes del día 31 de marzo de 2022.

Asimismo, se faculta al Consejo de Administración, sin más limitaciones que las establecidas en la Ley, para acordar, en su caso, que la ampliación de capital quede limitada a las participaciones sociales efectivamente suscritas dentro del periodo correspondiente.

Finalizados los plazos establecidos, anteriormente citados, y, en su caso, suscrita la ampliación de capital acordada, se procederá a la modificación del artículo 5º de los Estatutos Sociales, relativo al capital social, el cual quedará redactado con el siguiente tenor:

Artículo 5º.- El capital social se fija en VEINTITRES MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL EUROS (23.657.000€), dividido en veintitrés millones seiscientos cincuenta y siete mil (23.657.000) participaciones sociales de (1€) de valor nominal cada una, acumulables e indivisibles, numeradas correlativamente del uno (1) al veintitrés millones seiscientos cincuenta y siete mil (23.657.000), ambos inclusive y está totalmente suscrito y desembolsado.

Las Palmas de Gran Canaria, 11 de febrero de 2022.- El Presidente del Consejo de Administración, D. Javier Suárez López.

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