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Documento BORME-C-2022-5243

INTELLIGENT ATLAS SL

Publicado en:
«BORME» núm. 141, páginas 6339 a 6339 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2022-5243

TEXTO

La junta general de socios, celebrada el 10 de junio de 2022, acordó aumentar el capital social en la cuantía y condiciones que a continuación se indican a los efectos de posibilitar el ejercicio por los socios de la sociedad de su derecho de asunción preferente

1.- Cuantía del Aumento de Capital: el capital social de la Sociedad se aumenta en la cantidad de doscientos ochenta y cinco mil setecientos sesenta y ocho euros (285.768,00 €), desde la cifra de setecientos sesenta y dos mil cincuenta euros (762.050€) hasta la cifra de un millón cuarenta y siete mil ochocientos dieciocho euros (1.047.818,00 €).

2.- Modalidad del Aumento de Capital: el Aumento de Capital se lleva a cabo mediante la creación de 285.768 nuevas participaciones, todas ellas de la misma y única clase, numeradas de la 762.051 a la 1.047.818, ambas inclusive, que gozarán de los mismos derechos políticos y económicos que el resto de las participaciones en circulación (las "Nuevas Participaciones").

3.- Prima de asunción: las Nuevas Participaciones se crean con una prima de asunción por participación social de un euro con noventa y nueve mil seiscientas una millonésima de euro (1,099601 €), lo que supone una prima de asunción total de trescientos catorce mil doscientos treinta euros con ochenta y cinco céntimos (314.230,85, €).

4.- Tipo de creación: consecuentemente, el tipo de creación individual de las Nuevas Participaciones asciende a UN EURO (1,00 €) por participación (el "Tipo de Creación"). Así, el Tipo de Creación para el conjunto de las Nuevas Participaciones asciende a doscientos ochenta y cinco mil setecientos sesenta y ocho (285.768,00 €).

5.-El valor nominal de las participaciones emitidas debe ser íntegramente desembolsado en el momento de la asunción mediante aportaciones dinerarias.

6. Los socios de la compañía son titulares del derecho de asunción preferente que la Ley les otorga, en la proporción que corresponda al valor nominal de las antiguas participaciones.

7.- Los señores socios pueden usar de su derecho de asunción preferente en el plazo de un mes contado desde la publicación del anuncio de oferta de suscripción de esta emisión en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

8.- Durante el plazo de asunción, los socios pueden asumir las participaciones mediante comunicación dirigida a esta sociedad, a la que acompañará certificación o resguardo acreditativo del ingreso de 100% del valor nominal de las participaciones objeto de suscripción.

9.- Caso de no ser asumido íntegramente el aumento de capital dentro del palzo fijado, se declarará su asunción incompleta, quedando aumentado el capital en la cuantía de las asunciones efectuadas, de conformidad con el artículo 310 de la Ley de sociedades de capital.

Barcelona, 20 de junio de 2022.- Presidente del Consejo de Administración, Marcos Hofmann Batllori.

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