Está Vd. en

Documento BORME-C-2022-5271

CASA DARNÉS, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA MEDIANTE SEGREGACIÓN)
DISTRIBUCIONS DARNÉS, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 142, páginas 6371 a 6371 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-5271

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante "LME"), por remisión del artículo 73 del referido texto legal, y disposiciones concordantes, se hace público que, la Junta general de accionistas de la sociedad CASA DARNÉS,SA, "sociedad escindida", y la socia única de DISTRIBUCIONS DARNÉS, SLU, "sociedad beneficiaria", en sesión celebrada el 21 de julio de 2022, han aprobado la operación de segregación, por la que una parte del patrimonio de la Sociedad Segregada, consistente en la rama de actividad de distribución y comercialización de vinos, licores, aguas minerales y toda clase de bebidas refrescantes, alcohólicas y productos alimenticios, será transmitida a favor de la sociedad de DISTRIBUCIONS DARNÉS, SLU, la cual adquirirá, en bloque y por sucesión universal, la totalidad de los derechos y obligaciones correspondientes a la unidad económica segregada.

A la presente escisión mediante segregación, le resulta de aplicación el régimen especial previsto en los artículos 49.1 y 52.1 de la LME por remisión del artículo 73 de la referida LME, en la medida en que la sociedad que se escinde mediante segregación es titular de manera directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social de la sociedad beneficiaria.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho de los accionistas/socios y acreedores de las sociedades participantes a obtener, en los domicilios sociales respectivos, el texto íntegro de los acuerdos de escisión mediante segregación adoptados, y a obtener los respectivos Balances de escisión mediante segregación.

Los acreedores de las sociedades intervinientes tienen derecho a oponerse a la segregación en los términos del artículo 44 LME durante el plazo de un mes contando desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la segregación.

Torroella de Montgrí (Girona), 21 de julio de 2022.- Administrador Solidario de CASA DARNÉS, SA, y persona física representante de la sociedad administradora de DISTRIBUCIONS DARNÉS, SLU, Josep Darnés Alabau.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid