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Documento BORME-C-2022-5437

SERVIHOGAR GESTIÓN 24 HORAS, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
GESTIONASISTENCIASERVICIOS 24 HORAS, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 146, páginas 6568 a 6569 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-5437

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que en fecha 22 de junio de 2022, el socio único de la compañía Servihogar Gestión 24 Horas, S.L.U. aprobó y consignó la decisión de proceder a la fusión por absorción de Gestionasistenciaservicios 24 Horas, S.L.U. por parte de Servihogar Gestión 24 Horas, S.L.U., con efectos 1 de enero de 2022.

En consecuencia, la sociedad absorbida Gestionasistenciaservicios 24 Horas, S.L.U. se disolverá sin liquidación, traspasando en bloque su patrimonio social a título universal, con todos sus derechos y obligaciones y elementos patrimoniales integrantes del activo y del pasivo de la Sociedad absorbida a favor de la sociedad absorbente, que a su vez es su socio único Servihogar Gestión 24 Horas, S.L.U., que se subrogará en su posición jurídica a todos los efectos, habiéndose aprobado, asimismo, en dicha fecha los balances de fusión de ambas compañías, cerrados a 31 de diciembre de 2021. Todo ello, de conformidad con el Proyecto de fusión por absorción, suscrito en fecha 20 de junio de 2022, por los órganos de administración de ambas Sociedades (absorbente y absorbida) y aprobado por la sociedad absorbente.

La fusión tiene carácter de impropia, al ser Servihogar Gestión 24 Horas, S.L.U. el único socio de Gestionasistenciaservicios 24 Horas, S.L.U. En consecuencia, no procede establecer tipo de canje de participaciones sociales, ni tampoco ampliar el capital social de la sociedad absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes del proyecto común de fusión. No se producirá como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la sociedad absorbente que seguirá operando con la misma denominación social.

Se hace constar, a los efectos de lo dispuesto por los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, el derecho que asiste a los acreedores y socios de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de dichas Sociedades a oponerse a la fusión en los términos del artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, dentro del plazo de un mes contado a partir de la última publicación del presente anuncio de fusión.

Se hace constar, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 44 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (ET), y en el artículo 39 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME), el derecho de información que asiste a los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión en relación a (i) la fecha prevista de la transmisión, (ii) los motivos de la transmisión, (iii) las consecuencias jurídicas, económicos y sociales, para los trabajadores, de la transmisión, y (iv) las medidas previstas respecto de los trabajadores. Asimismo, se hace constar el derecho de los trabajadores a consultar de forma gratuita y con carácter previo, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 LME, la siguiente documentación: (i) el proyecto común de fusión, (ii) las cuentas anuales e informes de gestión de los últimos 3 ejercicios y, en su caso, informes de los auditores, (iii) el balance de fusión, en caso de no ser el último de cierre de ejercicio aprobado, (iv) los estatutos sociales vigentes, (v) el proyecto de escritura de absorción, y (vi) la identidad de los administradores de las sociedades participantes, desde cuando ejercen sus cargos, e identidad de los administradores que se vayan a proponer.

Barcelona, 22 de junio de 2022.- Josep Mateu Negre, representante persona física del Administrador único de Servihogar Gestión 24 Horas, S.L.U., Automòbil Club Assistència, S.A.U., y, Del Administrador único de Gestionasistenciaservicios 24 Horas, S.L.U., Servihogar Gestión 24 Horas,S.L.U.

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