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Documento BORME-C-2022-5531

SEUR GEOPOST, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ALJUTRANS CÁDIZ, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 148, páginas 6685 a 6685 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-5531

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que el socio único de Seur Geopost, S.L.U., y Aljutrans Cádiz, S.L., ejercitando las competencias de la junta general, el día 27 de julio de 2022, decidió aprobar la fusión por absorción de Seur Geopost, S.L.U. (sociedad absorbente) y Aljutrans Cádiz, S.L. (sociedad absorbida).

La fusión se aprobó sobre la base del proyecto común de fusión suscrito por el Administrador Único de las sociedades intervinientes en la fusión que fue depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y Cádiz. Los Balances de Fusión aprobados son los cerrados a 31 de diciembre de 2021. La fusión tiene efectos contables desde el día 1 de enero de 2022.

Esta operación es una fusión especial, sometida al régimen del artículo 52.1 de la Ley 3/2009, supuestos asimilados a la absorción de sociedades íntegramente participadas, dado que, absorbente y absorbida, son sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio (fusión gemelar o entre "hermanas"). Esta absorción se realiza mediante la integración de los respectivos patrimonios e implicará la extinción de Aljutrans Cádiz S.L. (sociedad absorbida) y la transmisión en bloque de su patrimonio social a Seur Geopost, S.L.U (sociedad absorbente), la cual adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de Aljutrans Cádiz S.L. Este proceso de integración se desarrolla sin aumento del capital social de la sociedad absorbente ni relación de canje, ni, en consecuencia, intervención de experto. Tampoco serán necesarios ni los informes de administradores ni de expertos sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43.1. de la Ley 3/2009, se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los Balances de Fusión aprobados por cada una de las sociedades, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales. Del mismo modo, se reconoce el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 27 de julio de 2022.- Administrador Único, Seur GeoPost S.L.U, D. Alberto Navarro Peromingo.

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