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Documento BORME-C-2022-556

INVERSIONES ALMOR, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA)
ALGUISA AGRÍCOLA, S.L., ALMANSA CAPITAL GROUP, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 33, páginas 654 a 654 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-556

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, por remisión del artículo 73 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el día 10 de febrero de 2022, la Junta General y Universal de Socios de Inversiones Almor, S.L. (sociedad escindida), aprobó por unanimidad la escisión total proporcional de Inversiones Almor, S.L. con división total de su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se transmitirá en bloque por sucesión universal a favor de dos sociedades de responsabilidad limitada ya existentes, las cuales ampliarán su capital; la primera denominada Alguisa Agrícola, S.L. y la segunda denominada Almansa Capital Group, S.L.

Las dos sociedades beneficiarias ampliarán su capital como consecuencia de la escisión total y, previa extinción sin liquidación de la sociedad escindida, recibirán los socios un número de participaciones de las dos sociedades beneficiarias proporcional a su respectiva participación en la sociedad escindida.

Sirve de base para esta operación el balance de escisión cerrado a 30 de noviembre de 2021, aprobado por la misma Junta de la sociedad escindida de forma unánime. El acuerdo de escisión proporcional ha sido aprobado de forma unánime por parte de las Juntas de Socios de las sociedades beneficiarias así como de la Junta de Socios de la sociedad escindida, por lo que, según prevé el artículo 42 de la LME, la escisión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, como el proyecto de escisión total o el informe de experto independiente.

Todo ello de conformidad con el proyecto de escisión total suscrito por los Administradores tanto de la sociedad escindida como de las sociedades beneficiarias de la escisión, con fecha 9 de diciembre de 2021, el cual ha quedado depositado en el Registro Mercantil de Madrid. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43.1 y 44 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad a solicitar el texto íntegro del acuerdo de escisión aprobado y de los balances de escisión. Asimismo, se hace constar expresamente el derecho de oposición a la operación de escisión total que asiste a los acreedores de las sociedades participantes dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión total.

Madrid, 10 de febrero de 2022.- Don Pedro Almansa Caravaca, Administrador único de Inversiones Almor 2002, S.L. y Administrador único de Almansa Capital Group, S.L, Don Antonio Almansa Moreno Administrador único de Alguisa Agricola, S.L.

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