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Documento BORME-C-2022-561

SERVIRRUTA S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 33, páginas 659 a 660 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2022-561

TEXTO

A efectos de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria de accionistas, adoptó en fecha 20 de octubre de 2021, la decisión de reducir el capital social con la finalidad de amortizar acciones propias en la cifra de 16.877,25 euros (dieciseis mil ochocientos setenta y siete con veinticinco céntimos de euros) mediante el procedimiento de amortización 585 de acciones nominativas propias todas inclusive, de 28,85 euros de valor nominal cada una, que la sociedad posee en autocartera, todas ellas desembolsadas y adquiridas en base a lo autorizado en su momento por la Junta General de accionistas, distribuidas de la siguiente manera:

-El 5 de febrero de 1996, se adquirieron las 585 acciones numeradas con los números 5046 al 5630.

Tras la lectura del informe presentado por los Administradores Mancomunados de la sociedad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 286 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital sobre justificación de la reducción de capital social por amortización de autocartera, los Administradores Mancomunados, proponen una reducción de capital, mediante amortización de las acciones propias que posee la sociedad en autocartera, cuyos datos e importes son los señalados anteriormente.

La reducción no entraña devolución de aportaciones por ser la propia sociedad, la titular de las acciones amortizadas. Por tanto, la finalidad de la mencionada reducción será amortizar acciones propias.

De acuerdo el artículo 334 de la Ley de Sociedades de capital, lo acreedores de la sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de la reducción de capital, no hayan vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos, tendrán el derecho de oponerse a la reducción.

De acuerdo al artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores de la sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de la reducción de capital, no hayan vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos, tendrán el derecho de oponerse a la reducción.

Como consecuencia de la reducción de capital, se procede a dar nueva redacción al artículo 6º de los Estatutos sociales y numeración a las acciones:

"Artículo 6º. El capital social se cifra en 152.154,90 euros (ciento cincuenta y dos mil ciento cincuenta y cuatro con noventa euros), íntegramente suscrito y desembolsado, dividido, y representado por 5274 (cinco mil doscientas setenta y cuatro) acciones nominativas indivisibles, números 1 al 5274 ambas inclusive, de 28,85 euros de valor nominal cada una, pertenecientes a una única clase y serie."

El acuerdo de reducción de capital por amortización de acciones propias será publicado en el "Boletín Oficial de Registro Mercantil" y en un periódico de gran circulación de la provincia.

Asimismo, se autoriza a los Administradores Mancomunados de la Compañía para que lleven a efecto la ejecución de la reducción de capital social pudiendo determinar aquellos extremos que no hayan sido fijados expresamente en el presente acuerdo y a adoptar los acuerdos y realizar los trámites y gestiones necesarios para la completa ejecución del presente acuerdo.

Tudela, 20 de octubre de 2021.- Administradores Mancomunados, Don Florencio Pablo Catalán Díaz y Doña Mª Teresa Gil Cacho.

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