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Documento BORME-C-2022-6032

DISTRIBUCIÓN DE GASÓLEOS LA PILARICA XXVIII SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBENTE) Y DISTRIBUCIÓN DE GASÓLEOS EL JILOCA SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 178, páginas 7269 a 7269 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-6032

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, con fecha 9 de septiembre de 2022, las respectivas Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Distribuciones de Gasóleos la Pilarica XXVIII Sociedad Limitada Unipersonal (sociedad absorbente) y de la entidad Distribución de Gasóleos El Jiloca Sociedad Limitada (sociedad absorbida), acordaron por unanimidad proceder a la fusión por absorción de Distribución de Gasóleos el Jiloca Sociedad Limitada por parte de Distribución de Gasóleos La Pilarica XXVIII Sociedad Limitada Unipersonal, y en consecuencia, a la disolución sin liquidación de aquella y a la transmisión en bloque, por sucesión universal, de todo su patrimonio, derechos y obligaciones a Distribución de Gasóleos La Pilarica XXVIII Sociedad Limitada Unipersonal con efectos contables desde el 1 de octubre de 2022.

Todo ello en los términos previstos en el Proyecto Común de Fusión por Absorción, aprobado y suscrito por los Órganos de Administración de las dos sociedades implicadas en la operación de fusión con fecha 20 de junio de 2022. Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la operación de fusión por absorción de obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión cerrados el de Distribución de Gasóleos La Pilarica XXVIII Sociedad Limitada Unipersonal (sociedad absorbente) a 31 de marzo de 2022 y el de Distribución de Gasóleos El Jiloca Sociedad Limitada (sociedad absorbida) a 31 de marzo de 2022. Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que intervienen en la operación de fusión por absorción a oponerse a ésta durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Albentosa (Teruel), 9 de septiembre de 2022.- El Administrador Único de Distribución de Gasóleos La Pilarica XXVIII Sociedad Limitada Unipersonal, y los Administradores Mancomunados de Distribución de Gasóleos El Jiloca Sociedad Limitada, Don Miguel Maícas Peiró, como Administrador Único y Don Miguel Maícas Peiró y Doña Laura Igual Ros, como Administradores Mancomunados.

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