Está Vd. en

Documento BORME-C-2022-6592

GABINETE DE RECURSOS PREVENTIVOS PARA LA CONSTRUCCIÓN, S.L. (UNIPERSONAL)
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
GREPCON BUSINESS, S.L. (UNIPERSONAL)
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 200, páginas 7911 a 7911 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-6592

TEXTO

En cumplimiento del artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), aplicable por remisión del artículo 73.1, se hace público que, el 30 de septiembre de 2022, el socio único de GABINETE DE RECURSOS PREVENTIVOS PARA LA CONSTRUCCIÓN, S.L. (unipersonal) y el de GREPCON BUSINESS, S.L. (unipersonal), tras la aprobación de los correspondientes balances de escisión y del proyecto común de escisión, aprobaron la escisión parcial de GABINETE DE RECURSOS PREVENTIVOS PARA LA CONSTRUCCIÓN, S.L. (unipersonal) (la "Sociedad Escindida"), a favor de GREPCON BUSINESS, S.L. (unipersonal) (la "Sociedad Beneficiaria"), siendo dicha sociedad el socio único de la Sociedad Escindida.

En virtud de lo anterior la Sociedad Escindida (i) transmitirá, en bloque y por sucesión universal, una parte de su patrimonio que formará una unidad económica autónoma a la Sociedad Beneficiaria, ya existente, sin que se produzca la extinción de la Sociedad Escindida, subrogándose la Sociedad Beneficiaria en todos los derechos y obligaciones del patrimonio (activo y pasivo) que traspasa la Sociedad Escindida; y (ii) reducirá sus reservas de forma proporcional y en el importe necesario en correlación con el patrimonio escindido.

Los acuerdos de escisión han sido aprobados sobre la base de los balances de las sociedades a 30 de septiembre de 2022 y conforme al proyecto común de escisión suscrito y aprobado por el administrador único de ambas Sociedades ese mismo día, resultando de aplicación a la operación proyectada los artículos 42 y 49 de la LME por remisión del artículo 73.1 de dicha ley.

Se hace constar expresamente, de conformidad con el artículo 43 LME, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que participan en el proceso de escisión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de escisión, así como el derecho de dichos acreedores a oponerse a la escisión en los términos regulados por el artículo 44 LME.

Santander (Cantabria), 30 de septiembre de 2022.- Administrador unico de Gabinete de Recursos Preventivos para la Construccion, S.L. (unipersonal) y de Grepcon Business, S.L. (unipersonal), David Rodriguez Ramiro.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid