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Documento BORME-C-2022-6619

GREENSPORE, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GREENSURGARDEN SERVICES, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 201, páginas 7943 a 7943 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-6619

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que en fecha 2 de octubre de 2022, el socio único de GREENSPORE, S.L. (la "Sociedad Absorbente") y el socio único de GREENSURGARDEN SERVICES, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida") han decidido aprobar la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente en los términos establecidos en el proyecto común de fusión formulado por el correspondiente órgano de administración en fecha 1 de enero de 2022 (la "Fusión"), de conformidad con el procedimiento previsto en los artículos 42 y 49 LME, por remisión del artículo 52.1 LME. La Fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, produciéndose la extinción, vía disolución sin liquidación de aquélla, y el traspaso en bloque a título universal de su patrimonio a ésta, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.

En base a lo previsto en los artículos 49 y 52 LME, y en la medida en que la Sociedad Absorbente participa íntegramente en la Sociedad Absorbida la operación de fusión se ha realizado sin necesidad de que concurran los siguientes requisitos:

- La inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 2ª., 6ª., 9ª. y 10ª. del artículo 31 LME.

- Los informes de administradores y expertos sobre el proyecto de fusión.

- El aumento de capital de la Sociedad Absorbente.

A los efectos de lo establecido en el artículo 43 y concordantes de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los respectivos socios y acreedores de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida a obtener el texto íntegro de las decisiones de Fusión adoptadas, así como los respectivos balances de fusión. Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida de oponerse a la Fusión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME, esto es, en el plazo de un (1) mes desde la publicación del presente anuncio.

Marbella, 17 de octubre de 2022.- Administrador Unico, Ana Acevedo Torres.

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