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Documento BORME-C-2022-6769

ECOT EUROPEAN COORDINATED & TRANSPORT S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 205, páginas 8116 a 8116 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2022-6769

TEXTO

A los efectos de lo previsto en el artículo 319 de la vigente Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General de Accionistas de la sociedad ECOT EUROPEAN COORDINATED & TRANSPORT S.A., con domicilio en San Fernando de Henares, Madrid, Ronda Marcos Ana 6-8, 28830, en su sesión del 17 de diciembre de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:

Se cuerda la reducción de capital de la Sociedad en la cuantía de 36.059,50 euros, mediante la amortización de 600 acciones propias existentes en autocartera, de 60,1012 euros de valor nominal cada una, adquiridas para su amortización a través de escritura de compraventa de acciones de fecha 23 de septiembre de 2.020 formalizada ante el notario de Madrid Don Jorge Sáez-Santurtún Prieto, con número de protocolo 224.

Todos los socios aseveran que no existen acreedores sociales.

En consecuencia, la cifra de reducción de capital, será de 36.059,50 euros, mediante la amortización de 600 acciones propias de 60,1012 euros de valor nominal cada una, representativas del capital social en el momento de la adopción de este acuerdo.

De conformidad con lo anterior, se modifica el artículo 5º de los estatutos sociales que, en lo sucesivo, tendrá el siguiente tenor literal:

ARTICULO 6- CAPITAL SOCIAL

El capital social se fija en la nueva cifra de SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE CON TREINTA Y UN CENTIMO DE EURO (64.189,31 €) y está suscrito y desembolsado en su integridad.

El capital social está integrado por MIL SESENTA Y OCHO (1.068) acciones con un valor nominal de 60,1012 euros cada una, que pertenecen a un misma clase.

Dichas participaciones están numeradas de la 601 a l 1.668, ambas inclusive".

Conforme a lo previsto en el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores de la sociedad, durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de este acuerdo, podrán ejercitar el derecho de oposición a la ejecución del acuerdo con los requisitos y consecuencias previstos en los artículos 334 a 337 de dicha Ley.

Madrid, 18 de diciembre de 2020.- La Administradora Única, Doña Cristina Diaz Blasco.

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