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Documento BORME-C-2022-6841

GUSSAPA, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
PANGUSS,S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 207, páginas 8206 a 8206 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-6841

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME) se hace público que la Junta Universal de Socios de GUSSAPA, S.L., celebrada el 21 de octubre de 2022, ha acordado, por unanimidad, la escisión parcial de dicha compañía, con traspaso de rama de actividad a la sociedad PANGUSS, S.L., de nueva creación, que adquirirá todos los bienes, derechos y obligaciones que componen el patrimonio de lar rama de actividad escindida, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por el órgano de administración de la escindida, depositado en el Registro Mercantil de Madrid, el día 13 de octubre de 2022

Como consecuencia de la escisión, los actuales socios de la escindida reciben participaciones sociales de la sociedad beneficiaria en igual proporción a las que poseían en la escindida. Al ser una escisión por constitución de nueva sociedad y las participaciones de esta nueva sociedad se atribuyen a los socios de la escindida proporcionalmente a su participación social en la sociedad escindida, no es necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes. No se realiza reducción de capital en la escindida pues la escisión se realiza con cargo a reservas libres.

Se hace constar a los efectos oportunos, el derecho que corresponde a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la escisión en los términos previstos en el art. 44 de la LME.

Para ejercitar el derecho a oposición, los acreedores dispondrán del plazo de un mes desde la fecha del último anuncio del presente acuerdo de fusión.

Igualmente se hace constar el derecho que corresponde a los representantes de los trabajadores y a los trabajadores de información sobre el objeto y alcance de la escisión, en particular sobre el empleo.

No existen obligacionistas ni ninguna clase de participaciones especiales o privilegiadas, ni personas que tengan derechos especiales distintos de las participaciones, ni se contempla el otorgamiento de ventajas de cualquier clase a favor de los administradores de las sociedades intervinientes en la escisión.

Madrid, 24 de octubre de 2022.- La Secretario del Consejo de GUSSAPA, S.L., Susana Palomero del Cura.VºBº EL PRESIDENTE Javier Palomero del Cura.

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