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Documento BORME-C-2022-7098

INVERSIONES FASANBU, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INVERSIONES O’HIGGINS SPA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 215, páginas 8498 a 8499 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-7098

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que Inversiones Sierra Bravo Limitada en su condición de socio único (el "Socio Único") de la sociedad española Inversiones Fasanbu, S.L.U. ("Sociedad Absorbente") aprobó el 25 de octubre de 2022 la fusión por absorción gemelar transfronteriza extracomunitaria por la que la Sociedad Absorbente absorberá a la sociedad chilena Inversiones O'Higgins SpA ("Sociedad Absorbida"), produciéndose la extinción, vía disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones que integran el patrimonio de la Sociedad Absorbida (la "Fusión").

Con carácter previo a la adopción de la decisión de fusión, el Socio Único de ambas sociedades aprobó los correspondientes balances de fusión, ambos cerrados a 27 de septiembre de 2022, y el proyecto común de fusión redactado, suscrito y aprobado por los administradores solidarios de la Sociedad Absorbente y el administrador de la Sociedad Absorbida el día 25 de octubre de 2022.

En la medida en que la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida están participadas íntegra y directamente por el mismo Socio Único y, por tanto, ha aprobado por unanimidad la decisión de fusión, la Fusión se llevará a cabo al amparo del artículo 42 LME, por lo que no ha sido necesario: (i) publicar o depositar los documentos exigidos por la ley previamente a la adopción de la decisión de fusión; ni (ii) preparar el informe de los administradores sobre el proyecto común de fusión.

Asimismo, al estar tanto la Sociedad Absorbente como la Sociedad Absorbida participadas íntegra y directamente por el mismo Socio Único, la Fusión se acogerá al régimen simplificado previsto en los artículos 49 y siguientes LME, por remisión del artículo 52.1 LME, conforme a lo establecido en el proyecto común de fusión.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste al Socio Único y a los acreedores de cada una de las sociedades que participan en la Fusión de obtener el texto íntegro del proyecto común de fusión, la decisión adoptada de fusión, el balance de fusión de cada una de las mencionadas sociedades y el resto de documentación en relación con la Fusión.

Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan de oponerse a la Fusión, durante el plazo de un mes desde la fecha de esta publicación, en los términos señalados en el artículo 44 LME.

Para el ejercicio de los derechos referidos, las comunicaciones deberán dirigirse a las siguientes direcciones: respecto de la Sociedad Absorbente (i.e., Inversiones Fasanbu, S.L.U.), a la calle Suero de Quiñones 34, 28002 - Madrid (España); y respecto de la Sociedad Absorbida (i.e., Inversiones O'Higgins SpA), a Libertad 1405, Oficina 1601, Viña del Mar, (Chile).

Madrid, 25 de octubre de 2022.- D. Fernando Martín Alberto Santibáñez Barbosa, D. Martín Andrés Santibáñez Bustos, Administradores Solidarios de Inversiones Fasanbu, S.L.U.

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