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Documento BORME-C-2022-71

AERONÁUTICA INDUSTRIAL Y DESARROLLO DE SISTEMAS, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 4, páginas 86 a 87 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2022-71

TEXTO

Reducción y Aumento de Capital

De conformidad con lo establecido en la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General de Socios de la mercantil AERONÁUTICA INDUSTRIAL Y DESARROLLO DE SISTEMAS, S.L., celebrada el día 22 de diciembre de 2021, ha acordado, en el marco de una operación acordeón que implica la reducción del capital social en 20.000 euros, quedando cifrado el capital en 0 euros, con la finalidad de restablecer el equilibrio entre capital y el patrimonio disminuido por las pérdidas, amortizando todas las participaciones sociales de la Sociedad, afectando la reducción por igual a todas las acciones, aumentar el capital social de la Sociedad mediante aportaciones dinerarias en un importe de hasta 5.000 euros, mediante la creación de hasta un máximo de 5 participaciones sociales de 1000 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 5, ambos inclusive (o en el caso de que el aumento no fuera íntegramente asumido y desembolsado, hasta la cifra total del aumento efectivamente asumido y desembolsado), que conferirán a sus titulares los mismos derechos que las participaciones sociales actualmente existentes, con una prima de asunción de 16.000 euros por participación social, esto es, una prima total de asunción de 80.000 euros, garantizando a todos los accionistas su derecho de preferencia en los términos indicados a continuación.

Los actuales socios de la Sociedad tienen derecho de asunción preferente sobre y hasta un número de participaciones sociales igual al que resulte de multiplicar el cociente resultante de dividir las participaciones sociales creadas entre las participaciones sociales ya existentes, por el número de participaciones sociales que ostente el socio en cuestión, redondeándose las cifras que resulten con decimales al número entero inmediato anterior.

Dicho derecho podrá ser ejercido por el socio de forma total (es decir, asumiendo y desembolsando la totalidad de las participaciones sobre las que cuenta con el derecho de asunción preferente indicado con anterioridad) o parcial (es decir, solo asumiendo y desembolsando parte de las participaciones sobre las que cuenta con el referido derecho de asunción preferente).

Los socios podrán ejercer su derecho de preferencia de manera total o parcial durante el plazo de un (1) mes a contar desde la publicación del anuncio de la oferta de asunción de nuevas participaciones en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (dicha fecha incluida).

El derecho de asunción preferente se ejercitará en el domicilio social de la Sociedad, justificando el ingreso del total nominal de las participaciones sociales asumidas por el socio en cuestión, en la cuenta corriente abierta a nombre de la Sociedad en el Banco Santander, S.A. cuenta número IBAN ES 1900750849240605099580.

De conformidad con lo indicado con anterioridad, se acuerda que el capital se aumente sólo en la cuantía de las asunciones y desembolsos efectuados para el caso de asunción incompleta (y ello siempre y cuando se haya alcanzado el mínimo de capital social establecido en la Ley).

Pozuelo de Alarcón (Madrid), 28 de diciembre de 2021.- El Administrador Solidario, D. Antón Hernández Albà.

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