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Documento BORME-C-2022-7271

CONSTRUCCIONES ACOSTA MATOS, S.A.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
HOTEL NEW TREND, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA SEGREGACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 218, páginas 8701 a 8701 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-7271

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en los artículos 43 y 73 de la de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("Ley de Modificaciones Estructurales"), se hace público que, el 30 de octubre de 2022, la Junta General de Accionistas de Construcciones Acosta Matos, S.A. ("CAMSA") y la Junta General de Sociedad Unipersonal de Hotel New Trend, S.L.U. ("Hotel New Trend"), han aprobado por unanimidad y decidido, respectivamente, la operación de modificación estructural consistente en la transmisión por parte de CAMSA, como sociedad segregada, en bloque y por sucesión universal, del complejo turístico de 1 estrella conocido como "Sun Park", localizado en Playa Blanca, en el municipio de Yaiza, Lanzarote, (la "Unidad Segregada"), que constituye una unidad económica independiente (la "Segregación"), a favor de Hotel New Trend, como sociedad beneficiaria de la segregación, para su transformación en un hotel de 4 estrellas y ulterior explotación hotelera bajo la denominación "Mynd Yaiza". Y todo ello conforme a los términos y condiciones del proyecto común de segregación (el "Proyecto de Segregación"), redactado y suscrito por los administradores de ambas sociedades intervinientes en la Segregación, y ajustado al procedimiento simplificado establecido en el artículo 78 bis de la Ley de Modificaciones Estructurales.

Se hace constar el derecho que todos los accionistas y acreedores de CAMSA y Hotel New Trend tienen de obtener el texto íntegro de los acuerdos de Segregación adoptados y del Proyecto de Segregación, que se encuentran a su disposición en el domicilio social de CAMSA y Hotel New Trend. Asimismo, se hace constar el derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes de oponerse a la Segregación en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales, en relación con el 73 del mismo cuerpo legal, durante el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio del acuerdo de Segregación conforme a lo previsto en el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales.

Las Palmas de Gran Canaria, 11 de noviembre de 2022.- La secretaria del consejo de administración de Construcciones Acosta Matos, S.A. y administradora única Hotel New Trend, S.L., Dña. Laura Patricia Acosta Matos.

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