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Documento BORME-C-2022-735

ENDESA X SERVICIOS, S.L. (UNIPERSONAL)
(SOCIEDAD SEGREGADA)
ENDESA MOVILIDAD ELÉCTRICA, S.L. (UNIPERSONAL)
(SOCIEDAD PREEXISTENTE BENEFICIARIA DE LA SEGREGACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 41, páginas 914 a 914 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-735

TEXTO

Anuncio de segregación en favor de sociedad preexistente

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43, en relación con el 71 y 73, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles se hace público que la sociedad "Endesa, S.A.", en su condición de socio único de "Endesa X Servicios S.L." y esta última, como socio único de "Endesa Movilidad Eléctrica S.L." respectivamente, decidieron aprobar, con fecha 28 de febrero de 2022, la segregación de "Endesa X Servicios S.L." y transmisión en bloque por sucesión universal de una parte de su patrimonio que constituye unidad económica en favor de la sociedad preexistente "Endesa Movilidad Eléctrica S.L.", adquiriendo esta última todos los derechos y obligaciones que integran el patrimonio adscrito a la indicada unidad económica en los términos establecidos en el proyecto de segregación formulado por los Consejos de Administración de las sociedades intervinientes con fecha 21 de febrero de 2022 y con arreglo al balance de segregación de "Endesa X Servicios, S.L." cerrado a 31 de diciembre de 2021 y el balance de segregación de "Endesa Movilidad Eléctrica S.L." cerrado a 21 de febrero de 2022.

El acuerdo de segregación ha sido adoptado por los respectivos socios únicos de las sociedades intervinientes el 28 de febrero de 2022 con carácter universal, resultando por tanto de aplicación la previsión del artículo 42 de la LME.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios únicos y acreedores de las sociedades intervinientes en la operación de segregación a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y demás documentación relativa a la segregación, así como el derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes en el proceso de segregación a oponerse a la misma durante el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio de segregación, en los términos establecidos en los artículos 43 y 44 de la LME.

Madrid, 28 de febrero de 2022.- El Secretario del Consejo de Administración de Endesa X Servicios, S.L.(Unipersonal), Carlos Iglesias Jiménez, El Secretario del Consejo de Administración de Endesa Movilidad Eléctrica, S.L. (Unipersonal), Rafael Fauquié Bernal.

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