Contido non dispoñible en galego
Se hace público que el 3 de noviembre de 2022 la junta general extraordinaria y universal de socios de La Nueva Cabaña, S.L. (Sociedad Escindida), acordó por unanimidad, en los términos de los art. 68.1.1ª y 69 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, la escisión total de la sociedad La Nueva Cabaña, S.L. (Sociedad Escindida), disolviéndose sin liquidación y transmitiendo todo su patrimonio, por sucesión universal, a la sociedad La Nueva Cabaña, S.L. (sociedad beneficiaria de nueva creación y que adopta la razón social de la escindida) y a las sociedades Oliver Productions, S.L. e Isuskiza 200, S.L. (sociedades beneficiarias de nueva creación), las cuales adquirirán por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por el órgano de administración de la compañía, y aprobados por esta, con aplicación de lo dispuesto en los artículos 42 y 78 Bis de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.
Se hace constar el derecho de todos los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión. Los acreedores de la sociedad pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el art. 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio.
Gatika (Bizkaia), 4 de noviembre de 2022.- El Administrador Único de La Nueva Cabaña, S.L. (Sociedad Escindida), Don Jaime Oliver Pérez.
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