Contido non dispoñible en galego
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, la "LME"), se hace público que, con fecha 15 de noviembre de 2022, el socio único de la sociedad Renewable Power Vehicle, S.L.U. (en adelante, "RPV" o la "Sociedad Absorbente"), con domicilio social en calle Hermanos Pinzón 4, 1°, 28036 Madrid (España), inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 35.422, Folio 35, Hoja M-636741, y con Número de Identificación Fiscal (N.l.F.) B-87696092, ejercitando las competencias de la Junta General de Socios, conforme al artículo 15 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, ha aprobado la fusión por absorción entre RPV, como sociedad absorbente, y las sociedades: (i) Rainergy, S.L.U. (en adelante "Rainergy"), con domicilio social en calle Hermanos Pinzón 4, 1°, 28036, Madrid (España), inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al Tomo 21.374, Folio 133, Hoja M-379921, y con Número de Identificación Fiscal (N.l.F.) B-37272077; y (ii) WSC Hydro Holding 11, S.L.U. (en adelante, "WSC HH 11" y, junto con Rainergy, las "Sociedades Absorbidas") con domicilio social en calle Serrano 21, 6ºA, 28001, Madrid (España), inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al Tomo 42.252, Folio 133, Hoja M-379921, y con Número de Identificación Fiscal (N.l.F.) B- 06999023, como sociedades absorbidas (en adelante, la "Fusión").
En adelante, la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas serán referidas, conjuntamente, como las "Sociedades".
La Fusión ha sido aprobada en los términos exactos del proyecto común de fusión formulado, redactado y suscrito en fecha 28 de octubre de 2022 por: (i) los administradores mancomunados de RPV; (ii) todos los miembros del consejo de administración de Rainergy; y (iii) por los administradores mancomunados de WSC HH 11 (el "Proyecto de Fusión").
Por otro lado, en aplicación de lo previsto en el artículo 42 de la LME, dado que la Fusión ha sido objeto de aprobación por (i) el socio único de RPV, Rainergy; (ii) el socio único de Rainergy, WSC HH 11; y (iii) el socio único de WSC HH 11, WSC Hydro Holding 1, S.L.U; no ha resultado preciso publicar o depositar el Proyecto de Fusión con carácter previo a la aprobación de la Fusión por los referidos órganos de gobierno de las Sociedades.
Tal y como se indica en el Proyecto de Fusión, la Fusión se realizará mediante la absorción por parte de RPV, como sociedad absorbente, de WSC HH 11 y Rainergy, como sociedades absorbidas, con la consiguiente disolución sin liquidación de estas últimas y transmisión en bloque a título universal de los patrimonios de las Sociedades Absorbidas a favor de RPV, que adquirirá, en consecuencia, todos los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas.
Se deja constancia expresa de que, en atención a la estructura del grupo societario, la Sociedad Absorbente está participada (i) directamente al 100% por la Sociedad Absorbida Rainergy; e (ii) indirectamente al 100% por la Sociedad Absorbida WSC HH 11, al ser esta titular directa del 100% de las participaciones de la Sociedad Absorbida Rainergy. En consecuencia, resulta plenamente aplicable a la Fusión el procedimiento especial simplificado previsto en el artículo 49.1 de la LME.
Conforme a lo previsto en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos y decisiones adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a disposición en los respectivos domicilios sociales de las Sociedades.
Asimismo, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que, conforme a lo previsto en el artículo 44 de la LME y durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de la última publicación que se realice del presente anuncio según se establece en la legislación vigente, asiste a los acreedores de las Sociedades.
Madrid, 18 de noviembre de 2022.- Administradores Mancomunados Renewable Power Vehicle, S.L.U, D.Jose Maria Lozano Muñoz y D. Santiago Garcia de Juana.
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