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Documento BORME-C-2022-7631

SOLUCIONES ELECTRICAS Y ENERGETICAS NORTE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MONTAJES ELECTRICOS LUSAN, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 224, páginas 9109 a 9109 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-7631

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles se hace público que las Juntas Generales de Socios de las sociedades SOLUCIONES ELECTRICAS Y ENERGETICAS NORTE, S.L. ("Sociedad absorbente") y MONTAJES ELECTRICOS LUSAN, S.L. ("Sociedad absorbida"), reunidas, en ambos casos, con carácter extraordinario y universal, ejerciendo las competencias que tienen atribuidas, han adoptado en ambas sociedades, con fecha 22 de noviembre de 2022, la decisión de aprobar la fusión por absorción de MONTAJES ELECTRICOS LUSAN, S.L. por parte SOLUCIONES ELECTRICAS Y ENERGETICAS NORTE, S.L., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

Los acuerdos de fusión, conforme al Proyecto Común de Fusión por Absorción redactado y suscrito por los órganos de administración de ambas sociedades, han sido adoptados en cada una de las sociedades en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios con fecha 22 de noviembre de 2022. En consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el Proyecto de Fusión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, trabajadores y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, del Proyecto Común de Fusión por Absorción y Balance de Fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión de acuerdo con el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Logroño, 22 de noviembre de 2022.- El Administrador Solidario, Rafael Sáenz Ibáñez.

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