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Documento BORME-C-2022-7772

TÉCNICAS RENOVABLES DEL CENTRO, S.L. (SOCIEDAD TOTALMENTE ESCINDIDA) 2.0 ATENEA INVERSIÓN, S.L.; TÉCNICAS RENOVABLES DEL CENTRO, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 226, páginas 9265 a 9265 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-7772

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 73 de la Ley 3/2009, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, la Junta General Extraordinaria y Universal de la mercantil "Técnicas Renovables del Centro, S.L." (Sociedad Totalmente Escindida), celebrada el día 21 noviembre 2022, aprobó, por unanimidad, la escisión total en los términos previstos en los artículos 68.1. 1.º y 69 de la Ley 3/2009. La Sociedad "Técnicas Renovables del Centro, S.L." (Sociedad totalmente escindida), se disolverá y extinguirá, sin liquidación, transmitiendo todo su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se transmite en bloque por sucesión universal a dos Sociedades Beneficiarias, ambas de nueva creación. Una de ellas sucederá en la denominación a la Sociedad Totalmente Escindida, esto es, "Técnicas Renovables del Centro, S.L." (Sociedad Beneficiaria), y otra denominada "2.0 Atenea Inversión, S.L." (Sociedad Beneficiaria). "2.0 Atenea Inversión, S.L. (Sociedad Beneficiaria) asumirá el patrimonio empresarial de carácter inmobiliario, así como los activos y pasivos que le son adjudicados con carácter expreso en el Proyecto de Escisión de la Sociedad escindida y; "Técnicas Renovables del Centro, S.L.", sociedad beneficiaria que sucede en nombre a la sociedad que se escinde, asumirá el resto de los activos y pasivos de la Sociedad escindida, que constituye el negocio o explotación económica principal de la Sociedad escindida, así como los activos y pasivos que le son adjudicados con carácter expreso en el Proyecto de Escisión.

Se hace constar el Derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión, así como el Derecho de oposición que corresponde a los acreedores, todo ello, en los términos establecidos en el artículo 43 y concordantes de la Ley 3/2009, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

En Cuenca a, 22 de noviembre de 2022.- La administradora solidaria de la Sociedad, Técnicas Renovables del Centro, S.L, Doña Eva María Díez Cruz.

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