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Anuncio de reducción de capital social por compensación de pérdidas.
En cumplimiento de lo establecido en los artículos 319 y 324 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que COOPERATIVA ELÉCTRICA BENÉFICA SAN FRANCISCO DE ASIS COOP.V. el accionista único (el "Accionista Único") de COVAERSA ENERGÍAS, S.A.U. (la "Sociedad") decidió, el 21 de noviembre de 2022, reducir el capital social de la Sociedad para compensar las pérdidas de la Sociedad al objeto de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la sociedad.
Ha servido de base para la operación el balance cerrado a 30 de septiembre de 2022, que fue formulado por los administradores y que ha sido debidamente auditado. El Accionista Único de la Sociedad acordó llevar a cabo la operación consistente en reducir el capital por un importe total de UN MILLON DE EUROS (1.000.000,00 euros), hasta la cifra de cero euros a los efectos de compensar las pérdidas resultantes de resultados negativos de ejercicios anteriores.
La reducción de capital se enmarca en el contexto de una operación acordeón y, por lo tanto, el Accionista Único acordó, simultáneamente, una ampliación de capital mediante aportaciones dinerarias por un valor total de UN MILLÓN DE EUROS. El aumento de capital se producirá por la emisión de DIEZ MIL (10.000) nuevas acciones con un valor nominal cada una de ellas de CIEN EUROS (100 euros). De esta forma el capital social de la Sociedad queda fijado en UN MILLÓN DE EUROS.
En consecuencia, también decidió modificar el artículo 5 de los Estatutos Sociales, que quedará redactado como sigue: "ARTICULO 5º.- CAPITAL. El capital social se fija en la suma de UN MILLÓN DE EUROS (1.000.000,00 €), representados por DIEZ MIL ACCIONES (10.000), de una misma clase y serie, de CIEN EUROS (100,00 €) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 10.000, ambos inclusive, totalmente suscritas y desembolsadas. Las acciones son nominativas representadas por títulos, que podrán ser unitarios o múltiples".
De conformidad con lo previsto en el artículo 335 a) de la LSC, los acreedores de la Sociedad no gozan de derecho de oposición a la reducción de capital.
Crevillent, 5 de diciembre de 2022.- Vicepresidente del Consejo de Administración, José María Aznar Miralles.
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