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Documento BORME-C-2022-8171

MALLORCA DEVELOPMENT, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 243, páginas 9730 a 9731 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2022-8171

TEXTO

Anuncio para el ejercicio del derecho de suscripción preferente

De conformidad con lo establecido en los artículos 304 y 305 de la vigente Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), y a los efectos de posibilitar el ejercicio por los accionistas de la compañía MALLORCA DEVELOPMENT, S.A., (en adelante, la "Sociedad")de su derecho de suscripción preferente, se hace público lo siguiente:

I. Condiciones del aumento de capital.

La Junta general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la Sociedad, celebrada en primera convocatoria en el domicilio social en fecha 25 de noviembre de 2022, acordó aumentar el capital social mediante aportaciones dinerarias en la suma de hasta un millón quinientos mil cincuenta y cuatro euros con treinta y siete céntimos de euros (1.500.054,37 €), mediante la emisión de 5.767 nuevas acciones ordinarias, por un valor nominal de 260,11 Euros por acción, con la consiguiente modificación del artículo de los Estatutos Sociales relativo al Capital Social. Dicha ampliación se efectúa sin primade emisión.

II. Derecho de suscripción preferente.

Para facilitar el ejercicio del derecho de suscripción preferente de las nuevas acciones, y al amparo de lo establecido por el artículo 305 de la LSC, según el cual „el plazo para el ejercicio del derecho no podrá ser inferior a un mes desde la publicación del anuncio de la oferta de suscripción de nuevas acciones en el Boletín Oficial del Registro Mercantil", se concede a los accionistas un plazo de un mes para el ejercicio del derecho de suscripción preferente, que empezará a contar partir de la publicación del presente anuncio en el BORME.

Igualmente, y de conformidad con lo establecido por el artículo 304.1 de la LSC, los accionistas que deseen ejercitar su derecho de suscripción preferente podrán suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las que posean.

III. Derechos de las nuevas acciones.

Las nuevas acciones atribuirán a sus titulares los mismos derechos que las antiguas, una vez suscritas y desembolsadas.

IV. Acciones que no resulten suscritas.

Los accionistas que no ejerciten su derecho de suscripción preferente dentro del plazo establecido se entienden que renuncian al mismo.

Las acciones no asumidas en el ejercicio del derecho de preferencia por parte de los accionistas serán ofrecidas por los administradores a los accionistas que, en su caso, lo hubieren ejercitado, para su asunción y desembolso durante un plazo de cinco días desde la conclusión del plazo de un mes anteriormente referido. Si existieren varios accionistas interesados en asumir las acciones ofrecidas, éstas se adjudicarán en proporción a las que cada uno de ellos ya tuviere en la Sociedad.

V. Suscripción y desembolso.

Los accionistas interesados en asumir y desembolsar la ampliación de capital en los términos descritos anteriormente deberán efectuar el desembolso total mediante ingreso de la suma correspondiente al siguiente número de cuenta bancaria titularidad de la Sociedad dentro de los plazos referidos anteriormente: ES70-0216-6879-9289-0019-7055

VI. Suscripción incompleta.

De acuerdo con lo establecido por el artículo 311.1 de la LSC, se prevé expresamente la posibilidad de aumentar el capital por el importe de las suscripciones efectivamente realizadas en el caso de suscripción incompleta.

VII. Modificación del artículo 7 de los Estatutos Sociales

Modificar el Artículo Siete de los Estatutos Sociales, relativo al capital social de la Sociedad, con el fin de adaptarlo a la ampliación de capital acordada y, en consecuencia, aprobar la nueva redacción del mismo en los siguientes términos.

"Artículo 7

EI capital social, totalmente suscrito y desembolsado, es de UN MILLON SETECIENTOS SESENTA MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO CON TREINTA Y SIETE EUROS (1.760.164,37 €) representado y dividido en 6.767 ACCIONES al portador, de una sola serie, iguales, acumulables e indivisibles, de 260,11 EUROS de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 6.767, ambos inclusive."

O, en caso de suscripción incompleta, en los términos que resulten de la suscripción y desembolso efectivos dentro de los plazos mencionados

Palma, 14 de diciembre de 2022.- Administrador Solidario, Anna Thomas.

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