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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43.1, por remisión del artículo 73.1, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "LME"), se hace público que el día 4 de enero de 2022, el accionista único de la Sociedad Escindida y socio único de la Sociedad Beneficiaria, esto es Am5 Business Projects, Sociedad Limitada, aprobó la escisión de parte del patrimonio de la Sociedad Escindida a favor de las Sociedades Beneficiarias, sociedad íntegramente participada por el accionista único de la Sociedad Escindida, mediante el traspaso en bloque y por sucesión universal del patrimonio escindido, integrado por la unidad económica autónoma perteneciente a la Sociedad Escindida y la construcción, promoción, adquisición y venta de toda clase de inmuebles, fincas rústicas o urbanas, y que se identifica en el proyecto de escisión parcial formulado por el administrador único de la Sociedad Escindida y de la Sociedad Beneficiaria con fecha 4 de enero 2022.
El accionista único de la Sociedad Escindida y socio único de la Sociedad Beneficiaria aprobó asimismo el acogimiento de la escisión al régimen tributario establecido en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a todos los accionistas, socios y acreedores de la Sociedad Escindida y la Sociedad Beneficiaria de obtener el texto íntegro de los acuerdos sociales adoptados y de los balances de escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, todo ello en los términos previstos en los artículos 43.1 y 44 de la LME, por remisión del artículo 73.1.
Malaga, 4 de enero de 2022.- El administrador único de la Sociedad Escindida y administrador único de la Sociedad Beneficiaria, D. Ángel Manuel Martín López.
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