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Documento BORME-C-2022-917

KAIZEN HOTELES, S.L. (UNIPERSONAL)
(SOCIEDADA ESCINDIDA)
CASA PALACIO MARÍA LUISA JEREZ, S.L. (UNIPERSONAL)
HOTEL DON RAMÓN SEVILLA, S.L. (UNIPERSONAL)
LA MALVASÍA EL ROCÍO, S.L. (UNIPERSONAL)
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 50, páginas 1144 a 1144 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-917

TEXTO

Las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las sociedades "Kaizen Hoteles, S.L. (Unipersonal)", "Casa Palacio María Luisa Jerez, S.L.(Unipersonal)", "Hotel Don Ramón Sevilla, S.L.(Unipersonal)", y "La Malvasía El Rocío, S.L.(Unipersonal)", en sus respectivas Juntas Generales Extraordinarias, del día 20 de Febrero del presente, acordaron por unanimidad la escisión parcial de la entidad "Kaizen Hoteles, S.L. (Unipersonal)" (Sociedad Escindida), que traspasará, sin extinguirse, una parte de su patrimonio social a las entidades "Casa Palacio María Luisa Jerez, S.L.(Unipersonal)", "Hotel Don Ramón Sevilla, S.L.(Unipersonal)", y "La Malvasía El Rocío, S.L.(Unipersonal)", (Sociedades Beneficiarias) quienes adquirirán, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio, habiéndose aprobado como Balance de Escisión de cada una de las sociedades intervinientes, el cerrado al día 30 de Septiembre de 2021, todo ello de conformidad con el Proyecto de Escisión Parcial suscrito por la Administradora de las sociedades intervinientes, inscrito en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 12 de Enero de 2022, y publicado en el BORME con fecha 19 de Enero de 2022. Los efectos contables de la escisión serán desde el día 1 de enero de 2022.

Se hace constar expresamente que la Escisión Parcial proyectada se acoge al régimen especial de neutralidad fiscal regulado en Título VII, Capítulo VIII del Texto Refundido de la Ley 27/2014 de 27 de noviembre del Impuesto sobre Sociedades.

Asimismo se hace constar expresamente a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes, el derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, y de los balances de escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores.

También se hace constar de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, que con esta fecha se pone a disposición de los socios, obligacionistas, titulares de derechos especiales, así como de los representantes de los trabajadores, toda la documentación requerida por la citada norma.

Madrid, 21 de febrero de 2022.- Administradora Única de las sociedades intervinientes, Dª. María Luisa Cuñado De Azcárate.

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