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Documento BORME-C-2023-1045

KGINVES100, SICAV, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 56, páginas 1278 a 1278 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2023-1045

TEXTO

La Junta General Extraordinaria de accionistas de la Sociedad en su reunión celebrada el 16 de febrero de 2023, a las 16:00 horas, ha acordado reducir el capital social en circulación de la compañía en la cuantía de 4.361 euros mediante la amortización de 4.361 acciones titularidad de accionistas minoritarios y con la finalidad de devolver sus aportaciones a dichos accionistas, acuerdo adoptado asimismo en votación separada por los accionistas afectados y no afectados por la reducción. Consecuentemente, se reduce el capital social en circulación de la Sociedad, fijado en la cuantía de 786.348,00 euros, hasta la cuantía de 781.987,00 euros, es decir, el capital social en circulación se reduce en la cuantía de 4.361 euros.

El capital social inicial y estatutario máximo de la Sociedad no sufren variación alguna, ya que el importe de la reducción únicamente afecta al capital en circulación.

La sociedad abonará 8,8505241954 euros por cada una de las 4.361 acciones que corresponda amortizar, actuando Banco Santander, S.A. como entidad agente, procediéndose al pago en el plazo de treinta días hábiles a contar desde la publicación del anuncio mencionado en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital. No obstante, cabe la posibilidad que la cifra de las 4.361 acciones a amortizar pueda variar como consecuencia de la venta o compra de acciones en el BME Growth por parte de los accionistas minoritarios entre la fecha de celebración de la junta y la fecha en la que se lleve a cabo el pago por la Entidad Agente. En consecuencia, si fuese necesario, se ajustará la cantidad a abonar a las acciones realmente amortizadas.

Si, por cualquier causa, no fuese posible, respecto de unas acciones determinadas, seguir dicho procedimiento general de pago, el valor de amortización quedará a disposición de los accionistas de la Sociedad (durante el plazo legalmente exigible) en las oficinas del Banco Agente, para su pago contra acreditación de la titularidad de las acciones amortizadas.

En el caso de que algunas de las acciones que hayan de ser amortizadas se hallen embargadas, pignoradas, usufructuadas o pesen sobre ellas cualesquiera otras cargas o gravámenes, se procederá a abonar los importes correspondientes a la persona que tenga derecho a percibir el valor de amortización de dichas acciones.

Madrid, 16 de marzo de 2023.- La Secretaria del Consejo de Administración, Dña. Margarita Calvo Imaz.

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