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Documento BORME-C-2023-1084

ERUM DYNAMIC SOLUTIONS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ERUM HOME S.L.U.
ERUM CORPORATION, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 58, páginas 1349 a 1350 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-1084

TEXTO

Conforme a lo dispuesto en los artículos 42, 43, 49 y 52 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se comunica que las mercantiles ERUM DYNAMIC SOLUTIONS S.L., ERUM HOME S.L.U. y ERUM CORPORATION S.L.U., mediante acuerdo de la Junta General Extraordinaria y Universal de la absorbente y del socio único de las dos absorbidas, todos ellos de 13 de marzo de 2023, han aprobado y acordado la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de las dos últimas por la primera, siendo la absorbente titular de la totalidad de las participaciones sociales de las absorbidas; la fusión se producirá mediante la disolución sin liquidación de las entidades absorbidas y la transmisión de sus patrimonios en bloque a la entidad absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos sus derechos y obligaciones; todo ello en base a los balances del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2022. La fecha a partir de la cual las operaciones de las sociedades absorbidas deben considerarse realizadas a efectos contables por la absorbente es el 1 de enero de 2023; se deja expresa constancia de que la sociedad absorbente cambiará su denominación social por la de ERUM CORPORATION S.L.

No existen en las sociedades intervinientes participaciones con derechos especiales, ni se otorgarán en la sociedad absorbente participaciones o derechos especiales como consecuencia de la fusión, ni se otorga ventaja alguna a los Administradores de las sociedades fusionadas o expertos independientes que hayan podido participar en la misma.

Conforme al artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y de los Balances de Fusión, así como el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el art. 44 de dicha Ley en el plazo de un mes, desde el último anuncio del acuerdo de fusión.

A los efectos legales oportunos se hace constar que no existen obligacionistas en las sociedades intervinientes en la fusión.

El proyecto de fusión ha sido aprobado por los órganos de administración de las sociedades fusionadas en fecha 13 de marzo de 2023; de conformidad al art. 42 de la Ley 3/2009, el presente acuerdo de fusión podrá adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, con inclusión del Proyecto de Fusión.

La fusión se acoge al régimen fiscal especial de fusiones y escisiones, regulado por el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014 de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

La presente fusión ostenta la consideración de especial, de conformidad a lo dispuesto en el art. 49 de la Ley 3/2009, al estar las sociedades absorbidas íntegramente participadas por la absorbente, y se regirá conforme a lo dispuesto en los arts. 49 y siguientes de la indicada Ley.

Alcoy, 16 de marzo de 2023.- Presidente Consejo Administración Erum Dynamics Solutions S.L; Persona física representante Erum Dynamics Solutions S.L.U Administradora única de Erum Home, S.L.U y Persona física representante Erum Dynamics Solutions, S.L.U, Administrador único de Erum Corporation S.L.U, Juan Manuel Erum Pascual.

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