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Documento BORME-C-2023-1121

BESTE S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 59, páginas 1393 a 1393 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2023-1121

TEXTO

Anuncio de traslado internacional de domicilio social.

De conformidad con lo establecido en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que en la Junta General Universal y Extraordinaria de la sociedad BESTE, SL. (en adelante, la "Sociedad"), celebrada con fecha 15 de marzo de 2023, según convocatoria previa publicada en fecha 22 de diciembre de 2022, en el "Diario de Noticias" y en el BORME número 242 de fecha 22 de diciembre de 2022 (corrección de errores 28 de diciembre de 2022 en "Diario de Noticias" y en el BORME número 246 de fecha 29 de diciembre de 2022), se adoptaron, entre otros, los siguientes acuerdos:

(i) Aprobar el Proyecto de Traslado Internacional del domicilio social de la Sociedad, que fue elaborado y suscrito por los Administradores de la sociedad y depositado en el Registro Mercantil de Navarra, y publicado en el BORME número 237, de 15 de diciembre de 2022, así como el informe elaborado por los Administradores solidarios a los efectos del artículo 96 de la LME.

(ii) Aprobar el traslado internacional de su domicilio social, desde el actual, sito en Pamplona (Navarra), calle Valle de Baztán, número 7, al Principado de Andorra, Carretera de Vila, Pleta Vila del Sol E-9, AD200 Vila, Encamp, manteniendo su personalidad jurídica, de conformidad con lo previsto en el artículo 93.1 de la LME

(iii) Aprobar los nuevos Estatutos sociales que regirán la sociedad una vez sea efectivo el traslado del domicilio social y que se incluyen en el Proyecto de Traslado Internacional del domicilio social de la Sociedad.

Se hace constar lo siguiente:

a) No contando la sociedad con trabajadores, se comunica el derecho que asiste a los socios y acreedores de examinar, en el domicilio social actual, el Proyecto de Traslado Internacional del domicilio social, el Informe de los Administradores, y el texto íntegro de los acuerdos adoptados por Junta General de Socios, así como el de obtener gratuitamente, si así lo solicitaren, copias de dichos documentos.

b) El derecho de oposición que corresponde a los acreedores de la Sociedad, cuyo crédito hubiera nacido antes de la fecha de la publicación del Proyecto de Traslado del domicilio social al extranjero, en los términos establecidos para la oposición a la fusión en el artículo 44 de la LME, según dispone el artículo 100 de la misma Ley. Podrán ejercitar este derecho durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba el traslado del domicilio social.

c) Habiéndose adoptado por unanimidad el acuerdo de traslado internacional de domicilio, no procede el derecho de separación conforme a los términos del Título IX de la Ley de Sociedades de Capital, por remisión del artículo 99 de la LME.

Pamplona, 22 de marzo de 2023.- El administrador solidario, Julio Lopez Mazuelas.

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