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Documento BORME-C-2023-1162

MAIN-ELEC MOGODA, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
MAIN-ELEC MOGODA, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)
HOUSECOFU, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 61, páginas 1443 a 1443 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-1162

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44, por remisión del artículo 73, todos ellos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), se hace público que en la Junta General de la sociedad MAIN-ELEC MOGODA, S.L. celebrada el día 24 de marzo de 2023 se acordó la escisión total de la sociedad MAIN-ELEC MOGODA, S.L., lo que supondrá su extinción por disolución sin liquidación, la división de su patrimonio en dos partes y la trasmisión en bloque por sucesión universal de cada una de las dos sociedades beneficiarias: la sociedad de nueva creación MAIN-ELEC MOGODA, S.L. y la sociedad de nueva creación HOUSECOFU, S.L., recibiendo el socio de la Sociedad Escindida un número de participaciones de las dos Sociedades Beneficiarias proporcional a su respectiva participación en la Sociedad Escindida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 bis de la LME.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 78 bis de la LME, el acuerdo de escisión parcial se ha adoptado sin la necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, al haberse adoptado en junta universal y por unanimidad de todos los socios, y sin necesidad de informe de administradores sobre el proyecto de escisión, ni de balance de escisión.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste al socio y acreedores de solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado. Asimismo, los acreedores de las sociedades que participan en la escisión cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del acuerdo de escisión, podrán oponerse a la misma dentro del plazo de un mes, a contar desde la última publicación del último anuncio del acuerdo de escisión, en los términos previsto en los artículos 43 y 44 LME.

Ripollet del Vallés, 24 de marzo de 2023.- Administrador, Manuel Coca Garrote.

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