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Documento BORME-C-2023-1326

VENTERO MUÑOZ, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 66, páginas 1670 a 1670 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2023-1326

TEXTO

Por el órgano de administración de la sociedad, cuyas funciones -de acuerdo a lo previsto en la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de fecha 2 de septiembre de 2019-, se hallan reactivadas tras el cese de la administración concursal y consecuente cese de las limitaciones sobre las facultades de administración acordado en Auto de conclusión del concurso 100/2011 dictado por el Juzgado Mercantil nº10 de Madrid, y de conformidad con lo previsto en el artículo 15 de los estatutos sociales, se convoca Junta General Extraordinaria de accionistas de la mercantil VENTERO MUÑOZ, S.A., para el día 11 de mayo de 2023 a las 11:00 en primera convocatoria y en su caso, al día siguiente, 12 de mayo a la misma hora en segunda convocatoria, que se celebrará en el domicilio social sito en Madrid, calle Toledo 126-128, bajo el siguiente:

Orden del día

Primero.- Nombramiento de liquidador para proceder a la liquidación de los bienes subsistentes de la sociedad señalados en el informe de liquidación presentado por la administración concursal de fecha 15 de septiembre de 2022, en virtud de lo previsto en el artículo 400 de la Ley de Sociedades de Capital, una vez acordada la extinción de la sociedad por Auto Nº 281/2022 dictado por el Juzgado Mercantil Nº10 de Madrid en fecha 20 de octubre de 2022 en el desarrollo del Concurso de Acreedores 100/2011.

Segundo.- Ruegos y preguntas.

Tercero.- Protocolización de acuerdos.

Cuarto.- Aprobación del Acta de la Junta o nombramiento de interventores a tal fin.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 197 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, los socios que lo deseen podrán solicitar por escrito, con anterioridad a la reunión de la Junta General o verbalmente durante la misma, los informes o aclaraciones que estimen precisos acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día. Además, será el Órgano de administración quien se la proporcionará, de forma oral o escrita de acuerdo con el momento y la naturaleza de la información solicitada, salvo en los casos en que, a juicio del propio órgano, la publicidad es ésta perjudique el interés social. Finalmente, no procederá la denegación de la información cuando la solicitud esté apoyada por socios que representen, al menos, el veinticinco por ciento del capital social. Todos los socios podrán hacerse representar en la junta conforme a lo dispuesto en los requisitos del artículo 184 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

Madrid, 30 de marzo de 2023.- D. Joaquín Ventero Muñoz, Administrador único.

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