Está Vd. en

Documento BORME-C-2023-4423

CERTEST BIOTEC, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
IVD CONTRACT MANUFACTURING, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 123, páginas 5401 a 5401 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-4423

TEXTO

De conformidad con el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), se hace público que CERTEST BIOTEC, S.L. (sociedad absorbente) ha adoptado, con fecha siete de junio de 2023, la decisión de aprobar la fusión por absorción de IVD CONTRACT MANUFACTURING, S.L.U. (sociedad absorbida), con disolución de aquella, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio, activo y pasivo por parte de la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los Administradores de ambas sociedades con fecha uno de junio de 2023.

Asimismo, se hace constar que la modalidad de fusión es la de fusión por absorción prevista en el artículo 23.2 de la LME, y de fusión simplificada prevista en el artículo 49 de citada Ley, al tratarse de una fusión de sociedad íntegramente participada ya que la Sociedad Absorbente es titular directa del 100% del capital social de la Sociedad Absorbida. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la LME, (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión, (iii) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbida.

La decisión de fusión, conforme al proyecto común de fusión redactado por las administraciones de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, ha sido adoptada por unanimidad por ambas sociedades, y, en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de conformidad con lo establecido en el artículo 44 LME.

San Mateo de Gallego (Zaragoza), 22 de junio de 2023.- Administrador Solidario de Certest Biotec, SL, Don Óscar Landeta Elorz (Ataraxial, SL).

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid