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Documento BORME-C-2023-4535

LIKITECH, S.L.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
LIKITECH EQUIPOS CONTRAINCENDIOS, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 126, páginas 5537 a 5537 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-4535

TEXTO

Anuncio de Escisión Parcial

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y 44, por remisión del artículo 73.1, todos ellos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, la "LME"), se hace público que la sociedad MOLIST INVERSIONS, S.L.U. socio único respectivamente de la sociedad LIKITECH, S.L.U. como sociedad escindida, y LIKITECH EQUIPOS CONTRAINCENDIOS, S.L.U. como sociedad beneficiaria, decidió, en fecha 29 de Junio de 2023, la escisión parcial de la sociedad LIKITECH, S.L.U. a favor de la sociedad LIKITECH EQUIPOS CONTRAINCENDIOS, S.L.U.

Dicha escisión parcial implica el traspaso en bloque, por sucesión universal de la actividad de fabricación, diseño, montaje, comercialización y distribución de maquinaria y equipos de presión destinados al mercado de los equipos contraincendios de LIKITECH, S.L.U. a favor de la sociedad LIKITECH EQUIPOS CONTRAINCENDIOS, S.A.U.

De conformidad con el artículo 42 de la LME, por remisión del artículo 73.1 de la misma ley, los acuerdos de escisión parcial se han adoptado sin depósito y publicación previa, al haberse decidido por el mismo socio único de las sociedades intervinientes. Tampoco ha sido necesario ningún informe de los órganos de administración, ni de expertos independientes en aplicación del artículo 78.3 LME y del artículo 49.1 de la LME.

De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de solicitar y obtener el texto íntegro de las decisiones de escisión parcial adoptadas y del balance de escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores que podrán ejercitar en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de la decisión de escisión parcial en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

En Hostalets de Balenyà, 29 de junio de 2023.- Sr. Juan Molist Serrat Administrador único de Likitech, S.L.U, Y Jordi Molist Masallera representante de Molist Inversions, S.L.U. administrador único de Likitech Equipos Contraincendios, S.L.U.

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