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Documento BORME-C-2023-460

GUAW, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PETULUKU, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 29, páginas 554 a 554 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-460

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de Abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME") se hace público que el Socio Único de GUAW, S.L.U., (en adelante, la "Sociedad Absorbente") y el Socio Único de PETULUKU, S.L.U, (en adelante, la "Sociedad Absorbida") aprobaron el día 7 de febrero de 2023, la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente, siendo por tanto de ampliación lo previsto en el artículo 42 LME.

Debido a que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en las que se divide el capital de la Sociedad Absorbida, se trata de una fusión de sociedad íntegramente participada, resultando de aplicación lo establecido en el artículo 49.1 LME.

Dicha fusión por absorción se aprobó por el Socio Único de la Sociedad Absorbente y por el Socio Único de la Sociedad Absorbida con las menciones recogidas en el Proyecto de Fusión, redactado y suscrito por el Administrador Único de la Sociedad Absorbida y por el Administrador Único de la Sociedad Absorbente el 30 de septiembre de 2022. Asimismo, se aprobó como balance de fusión de las sociedades intervinientes el cerrado a fecha 31 de marzo de 2022.

Conforme al artículo 31.7º LME y en el Plan General de Contabilidad, se hace constar que la fecha a partir de la cual la fusión tendrá efectos contables será desde el 1 de abril de 2022.

Asimismo, en virtud del artículo 42.1 LME, al haberse adoptado el acuerdo de fusión por el Socio Único de las sociedades que participan en la fusión, no es necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley.

Conforme con lo previsto en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión.

Se hace constar expresamente el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, corresponde a los socios y acreedores de las sociedades fusionadas en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Madrid, 7 de febrero de 2023.- Tansley, S.L., Administrador Único de Guaw, S.L.U. (Sociedad Absorbente)y en su representación Doña Denise Anabella Facchin.- Guaw, S.L.U., Administrador Único de de Petuluku.S.L.U. (Sociedad Absorbida) y en su representación Doña Denise Anabella Facchin.

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