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Documento BORME-C-2023-4914

LA AFICION, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
LINARAN, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACION)

Publicado en:
«BORME» núm. 138, páginas 5954 a 5954 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-4914

TEXTO

A tenor de lo establecido en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), por remisión del artículo 73.1, se hace público que, mediante decisión de la Junta General Extraordinaria y Universal de la Sociedad Mercantil LA AFICION, S.L., adoptada con fecha 26 de mayo de 2023, se ha acordado llevar a cabo la escisión parcial de la entidad y la constitución de una nueva sociedad mercantil denominada LINARAN, S.L., de conformidad con el proyecto de escisión fechado a 30 de abril de 2023, depositado en el Registro Mercantil de Madrid, transmitiendo en bloque a la nueva sociedad mercantil la unidad económica constituida por los activos y pasivos asignados a la actividad de alquiler y compraventa de toda clase de inmuebles, los cuales han sido valorados en la suma de 1.768.230 euros. De esta forma, se reducirán las reservas voluntarias en 1.768.230 euros, constituyéndose la entidad LINARAN, S.L. con un capital social de 3.000 euros y una prima de asunción de 1.765.230 euros, representando por 3.000 participaciones, de igual clase y serie, siendo todas las participaciones asignadas a los socios de la sociedad escindida en proporción a su participación en la misma. Debido a que se ha seguido el procedimiento establecido en el artículo 78 bis de LME mercantil, no se ha utilizado en la operación balance de escisión.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores, de conformidad con el artículo 43.1 de la citada Ley por remisión del 73.1, de obtener al texto íntegro del acuerdo adoptado, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores. En particular, dentro del plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la escisión parcial, los acreedores de la sociedad que se escinde podrán oponerse a la misma en los términos del artículo 44 de Ley.

Madrid, 10 de julio de 2023.- El Socio-Administrador Solidario de "LA AFICION, S.L.", Don Jorge Molina Aranda.

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