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Documento BORME-C-2023-4949

TÉCNICOS EN CALIBRACIÓN Y MONTAJE, S.A
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
TECNOLOGÍA EN CONTROL Y MANTENIMIENTO, S.L
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 139, páginas 5992 a 5992 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-4949

TEXTO

Anuncio de Escisión Parcial

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43, por remisión del artículo 73, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que las juntas generales extraordinarias y universales de accionistas y socios de TÉCNICOS EN CALIBRACIÓN Y MONTAJE, S.A y TECNOLOGÍA EN CONTROL Y MANTENIMIENTO, S.L respectivamente, celebradas ambas el día 30 de junio de 2023, han aprobado, por unanimidad de los asistentes, la escisión parcial proyectada, mediante la transmisión en bloque por parte de TÉCNICOS EN CALIBRACIÓN Y MONTAJE, S.A ("Sociedad Escindida"), sin extinguirse, de una parte de su patrimonio social consistente en la rama de actividad dedicada al arrendamiento de inmuebles y, por consiguiente, la transmisión de todos los activos y pasivos relacionados con dicha actividad de arrendamiento de inmuebles, incluyendo todos los medios materiales y humanos necesarios para el desarrollo de la misma a favor de la sociedad TECNOLOGÍA EN CONTROL Y MANTENIMIENTO, S.L. ("Sociedad Beneficiaria") que adquirirá, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones inherentes a dicha rama de actividad.

Todo ello de conformidad con el proyecto común de escisión parcial (en adelante, el "Proyecto Común"), redactado y suscrito por los administradores solidarios de ambas sociedades, con fecha 30 de mayo de 2023 y una posterior modificación al mismo de fecha 26 de junio de 2.023, ambos documentos depositados en el Registro Mercantil de Madrid el 30 de junio de 2.023.

De conformidad con el artículo 49.1 de la LME, por remisión de los artículos 52.1 y 73.1 de la citada Ley, no es necesario el informe de expertos independientes, ni el informe de los administradores. De conformidad con los artículos 36 y 37 de la LME, por remisión del artículo 73 de esta ley, se aporta y aprueba como balances de escisión, el balance de ambas sociedades cerrado a 31 de diciembre de 2022 que no se encuentran auditados al no estar las sociedades obligadas a auditar sus cuentas.

Se hace constar expresamente, a los efectos de lo previsto en el artículo 43, por remisión del artículo 73 de la LME, el derecho de los socios, accionistas, acreedores y de los trabajadores de ambas sociedades a obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de escisión, los cuales se encuentran a disposición de éstos en el domicilio social de ambas sociedades, teniendo igualmente el derecho a pedir su envío gratuito.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44, por remisión del artículo 73, de la LME, los acreedores de ambas sociedades podrán oponerse a la escisión parcial adoptada, durante el plazo de un (1) mes contado a partir de la publicación del presente anuncio.

En San Sebastián de los Reyes, 19 de julio de 2023.- D. Carlos López Medina y D. José María Villalba de la Llave como administradores solidarios de Técnicos en Calibración y Montaje, S.A y Tecnología en Control y Mantenimiento, S.L.

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