Contingut no disponible en valencià

Us trobeu en

Documento BORME-C-2023-5035

DECORUM HOME ART S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA)
FUENTES NAVERENT S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 141, páginas 6086 a 6086 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-5035

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023 se comunica que la Junta general extraordinaria y universal de "Decorum Home Art, S.L." (sociedad parcialmente escindida), celebrada el 1 de junio de 2023, acordó por unanimidad la escisión parcial sin extinción de "Decorum Home Art, S.L.", reestructurando las actuales actividades corporativas que lleva a cabo la Sociedad Escindida en dos entidades separadas y para ello segregar de la Sociedad Escindida la actividad comercial denominada "Unidad Económica de venta minorista", la cual conforma una unidad económica autónoma, a la Sociedad Beneficiaria de nueva creación Fuentes Naverent S.L.

El acuerdo de escisión ha sido adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Escisión Parcial, dado que dicho acuerdo ha sido aprobado por unanimidad, siendo de aplicación el artículo 9 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace constar el derecho que asiste a los socios, acreedores y trabajadores de la sociedad escindida, a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado y del balance de escisión. Igualmente, los acreedores de cada una de las sociedades partícipes en la escisión cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del acuerdo de escisión y no estuviera vencido en ese momento, ni suficientemente garantizado, tienen derecho a oponerse a la escisión en el plazo de un mes desde la última publicación del acuerdo de escisión.

Sevilla, 18 de julio de 2023.- Administrador Único, Ángel Fuentes Jiménez.

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid