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Documento BORME-C-2023-5040

MAS VILANOVA, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
CARMEL CORPORACIÓ 2000, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 141, páginas 6091 a 6091 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-5040

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43.1 y 73 de la Ley 3/2009, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME) se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios de las sociedades MAS VILANOVA, S.L., y CARMEL CORPORACIÓ 2000, S.L., celebradas en sus respectivos domicilios sociales el día 12 de julio de 2023, acordaron por unanimidad la escisión parcial sin extinción de MAS VILANOVA, S.L., mediante la transmisión de parte de su patrimonio, en concreto el afecto a la actividad de explotación de inmuebles en renta a favor de la beneficiaria CARMEL CORPORACIÓ 2000, S.L., adquiriendo ésta por sucesión a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado.

Como consecuencia de la escisión parcial, los actuales socios de la sociedad escindida recibirán participaciones sociales de la sociedad beneficiaria tomando como referencia el valor que aportan cada uno de ellos. Asimismo, la sociedad beneficiaria CARMEL CORPORACIÓ 2000, S.L. y MAS VILANOVA, S.L., S.L. aumentarán y reducirán respectivamente su capital social, modificando ambas el artículo 6 y 5 respectivamente de sus Estatutos Sociales. Todo ello de acuerdo al proyecto de escisión parcial suscrito por los órganos de administración de ambas sociedades en fecha 27 de junio de 2023.

En cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la LME y 333 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del proyecto, acuerdo de escisión parcial adoptado y balance de escisión, así como el derecho que les corresponde de oponerse a la escisión parcial planteada con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de escisión parcial, en virtud del artículo 44 de la LME.

Barcelona, 18 de julio de 2023.- Fdo.: Felip Massot Felip, Presidente de los Consejos de Administración de las sociedades Mas Vilanova, S.L., y Carmel Corporació 2000, S.L.

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