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Documento BORME-C-2023-5243

AGRICOLAS VERA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CONSTRUCCIONES SOLERA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 146, páginas 6322 a 6322 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-5243

TEXTO

Anuncio de Fusión por Absorción.

Se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias Universales de las Sociedades "Agrícolas Vera, S.L." (Sociedad absorbente) y "Construcciones Solera, S.L." (Sociedades absorbida), celebradas todas ellas con fecha 30 de junio de 2023, adoptaron por unanimidad los acuerdos de fusión mediante la absorción de "Construcciones Solera, S.L.", con extinción por disolución sin liquidación de la misma y transmisión en bloque de su patrimonio a la Sociedad absorbente "Agrícolas Vera, S.L.", que adquiere por sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones de la Sociedad absorbida, ampliando su capital social, con subsiguiente modificación del artículo 5 de los Estatutos de la absorbente, en un nominal de 1.105.840,00 euros, mediante la creación de 36.800 participaciones sociales, de valor nominal cada una de 30,05 euros – sin prima de emisión-, que son suscritas, en cada caso, por los socios de la entidad absorbida en proporción a su participación en el capital social de la misma. Al ser adoptados los acuerdos de fusión de forma unánime por los socios de las entidades absorbente y absorbida, es aplicable a la presente fusión el artículo 42 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

El acuerdo de fusión por absorción de las entidades "Agrícolas Vera, S.L." y "Construcciones Solera, S.L.", ha tenido como base el proyecto de fusión suscrito con fecha 17 de junio de 2023 por los órganos de administración de ambas Entidades, no habiendo sido necesario su depósito en el Registro Mercantil de Alicante, en aplicación del citado precepto legal y se ajusta al mismo.

Se anuncia el derecho que asiste a los socios de las sociedades participantes en la fusión y a los acreedores de las mismas de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho que corresponde a los referidos acreedores de oponerse a la fusión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Igualmente, se hace constar el derecho que corresponde a los representantes de los trabajadores, a ellos mismos y a los socios de las mercantiles participantes en la fusión, de examinar en el domicilio social de cada Entidad participante de la fusión, copia de los documentos de la misma a que se hace referencia en el artículo 39 de la repetida Ley 3/2009, así como a obtener la entrega y envío gratuito de los mismos.

Alicante, 27 de julio de 2023.- El Administrador Único de Agrícolas Vera, S.L. (D. Juan-Antonio Garcia-Solera y Vera), Y la Administradora Única de Construcciones Solera, S.L. (Dª María-Gracia Garcia-Solera y Vera).

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