En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que el día 28 de JULIO de 2023 las Juntas Generales Extraordinarias de socios de las dos sociedades, válidamente celebradas con el carácter de universales acordaron la fusión de las dos sociedades de acuerdo con los términos establecidos en el proyecto común de fusión, suscrito el día 26 de Junio de 2023 por los administradores de todas las sociedades participantes en la fusión, mediante la absorción por parte de "GIMENEZ GANGA, S.L.U" de "GIMENEZ GANGA MADRID, S.L.U" con la consiguiente extinción, sin liquidación, de la sociedad absorbida y el traspaso en bloque a título de sucesión universal de todo el patrimonio social de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente, la cual queda subrogada en todos los derechos y obligaciones de aquella.
De conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de Fusión. Así mismo, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse al acuerdo de fusión, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 43 y siguientes de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.
Alicante, 1 de agosto de 2023.- Administradores únicos, Don Pedro Santiago Giménez Barceló en calidad de representante de la mercantil Gestión Inmobiliaria Giménez Ganga, s.l. administradora de Giménez Ganga, s.l.u y Don Fernando Gómez Gómez en calidad de administrador único de Giménez Ganga Madrid, s.l.u.
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