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Documento BORME-C-2023-5517

GESTIONES HOTELERAS GLOBALES, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 157, páginas 6641 a 6641 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2023-5517

TEXTO

La Junta General de GESTIONES HOTELERAS GLOBALES, S.L. (en adelante, la "Sociedad" o la "Compañía"), en fecha 20 de septiembre de 2021, adoptó, entre otros, el acuerdo de reducción a cero y aumento, de forma simultánea, del capital social de la Compañía mediante aportación no dineraria consistente en la compensación de créditos, así como mediante aportaciones dinerarias para cumplimentar el derecho de asunción preferente de los socios.

El capital social se aumentará hasta la cifra máxima de un millón doscientos veintiún mil doscientos euros (1.221.200 €) mediante Ia emisión de 122.120 participaciones sociales de DIEZ EUROS (10 €) de valor nominal cada una de ellas, numeradas de la 1 la 122.120, ambas inclusive, de las mismas características que las actualmente existentes.

La cifra de un millón noventa y nueve mil ochenta euros (1.099.080 €), correspondiente a 109.908 participaciones sociales, será suscrita y desembolsada íntegramente mediante aportación no dineraria consistente en la compensación de créditos, y la cifra de ciento veintidós mil ciento veinte euros (122.120 €), correspondiente a 12.212 participaciones sociales, será suscrita y desembolsada íntegramente mediante aportación dineraria, existiendo un derecho de asunción preferente para los socios minoritarios de la Sociedad que no acudan al aumento de capital mediante la compensación de créditos.

A estos efectos, los socios que, en ejercicio del derecho de asunción preferente concedido deseen acudir al aumento de capital deberán comunicarlo por escrito a la Compañía, concretando el número de participaciones solicitado, y en todo caso, deberán desembolsar íntegramente el importe que pretendan suscribir mediante transferencia bancaria a la cuenta de la Sociedad que sea indicada al efecto.

De acuerdo con el artículo 305 de la Ley de Sociedades de Capital, el plazo para el ejercicio del derecho de preferencia de asunción de las nuevas participaciones reconocido en el acuerdo de la Junta General por parte de los socios será de un mes a contar desde el día a su publicación en el BORME.

Cádiz, 10 de agosto de 2023.- D. Antonio Gonzalez Moreno, representante persona física de Inversiones y Proyectos Internacionales Costa de la Luz, S.L., Administradora Única de la Compañía.

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