Está Vd. en

Documento BORME-C-2023-5984

VINOS DIEZ DEL CORRAL, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BARRICAS MIX, S.L.
TOP TEN VINOS, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 190, páginas 7187 a 7187 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-5984

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles se hace público que por acuerdo unánime de la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de VINOS DÍEZ DEL CORRAL, S.L. (Sociedad Absorbente) y de BARRICAS MIX, S.L.(Sociedad absorbida) celebradas el 15 de junio de 2023 y así como mediante las Decisiones adoptadas en fecha 15 de junio de 2023 por el Socio Único de TOP TEN VINOS, S.L.U. (Sociedad Absorbida), se aprobó la fusión por absorción en virtud de la cual VINOS DÍEZ DEL CORRAL, S.L. absorbe a las sociedades BARRICAS MIX, S.L. y TOP TEN VINOS, S.L.U. con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión.

La fusión ha sido aprobada por Unanimidad por la Junta Universal de VINOS DÍEZ DEL CORRAL, S.L. y de BARRICAS MIX, S.L. y por Decisión del Socio Único de TOP TEN VINOS, S.L.U., por lo que se aplica lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, y no se publica ni depositan previamente los documentos exigidos por la Ley, ni se emite informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión, habiéndose respetado, en todo caso, el derecho de información de los trabajadores. La fusión se aprueba de acuerdo con (i) las menciones recogidas en el Proyecto de Fusión, redactado y suscrito por los Órganos de Administración de las Sociedades participantes con fecha 15 de junio de 2023, y (ii), los Balances de Fusión de dichas sociedades cerrados el 31 de diciembre de 2022, debidamente aprobados.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como de los balances de fusión. Asimismo, se hace constar en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 de la citada Ley 3/2009, de 3 de abril, el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes, contando a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Barcelona, 19 de septiembre de 2023.- D. Francisco Javier Díez del Corral Alonso, Administrador único de Vinos Diez del Corral, S.L., Barricas Mix, S.L. y Top Ten Vinos, S.L.U.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid