De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME") se hace público que por Junta General de Socios de Inmojemed, S.L. (Sociedad Absorbente), y por Decisión de Socio Único de Inmojemed Siglo XXI, S.L.U. (Sociedad Absorbida), han tomado, con fecha de 1 de junio de 2023, la decisión de aprobar la fusión por absorción de Inmojemed Siglo XXI, S.L.U., por parte de Inmojemed, S.L. con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente, habiéndose aprobado, asimismo, los Balances de Fusión de ambas Compañías, cerrados a 31 de diciembre de 2022.
De conformidad con lo establecido en el artículo antes citado, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y demás interesados que así lo soliciten por cualquier medio admitido en derecho de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión, así como, en su caso, al examen en el domicilio social de copia íntegra de los documentos que sirven de base a la fusión, y a la entrega o al envío gratuitos de un ejemplar de cada uno de ellos. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, de acuerdo con el artículo 44 LME.
Madrid, 31 de octubre de 2023.- Administrador Único de Inmojemed, S.L. e Inmojemed Siglo XXI, S.L.U, Jesús Andrés Medrano Ibáñez de Garayo.
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