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En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que las juntas generales de CULTURAL INCA, S.A., AGRUPACIÓN SOCIAL BURJASOT, S.A. y ALCORA, AGRUPACIÓN SOCIAL, S.A., celebradas todas ellas el 7 de noviembre de 2023, han acordado la fusión por absorción de CULTURAL INCA, S.A. (sociedad absorbente) – AGRUPACIÓN SOCIAL BURJASOT, S.A. (sociedad absorbida) – ALCORA, AGRUPACIÓN SOCIAL, S.A. (sociedad absorbida). Las sociedades absorbidas transmitirán en bloque todo su patrimonio a título universal a la sociedad absorbente, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de aquellas. La fusión conllevará la disolución y extinción sin liquidación de las sociedades absorbidas y un aumento de capital en la sociedad absorbente.
De conformidad con el art. 43.1 de la citada Ley, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión.
Asimismo, los acreedores de las sociedades que participan en la fusión podrán oponerse dentro del plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión en los términos establecidos en el art. 44 de la citada Ley.
Madrid, 7 de noviembre de 2023.- La Vicesecretaria no Consejera del Consejo de Administración de Cultural Inca, S.A., Agrupación Social Burjasot, S.A. y Alcora, Agrupación Social, S.A., Dª Elisa Coro González-Lamuño.
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