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Documento BORME-C-2023-6632

CONSTRUCCIONES ACOSTA MATOS, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
GRUPO ACOSTA MATOS, S.L.
PROMOCIONES ACOSTA MATOS, S.L.
CONSTRUCCIONES ACOSTA MATOS, S.L.
GRUPO PATRIMONIAL ACOSTA MATOS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
HOTEL CALLAO ADEJE, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS EN CONSTITUCIÓN)
INAMATOS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 214, páginas 7955 a 7955 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2023-6632

TEXTO

Se hace público que la Junta General de Accionistas de CONSTRUCCIONES ACOSTA MATOS, S.A., celebrada el día 6 de noviembre de 2023, con el carácter de universal y extraordinaria, aprobó, por unanimidad, su escisión total, para la separación y el traspaso en bloque de su patrimonio, por sucesión universal y en unidad de acto, dividido en cinco unidades económicas compuestas por los elementos patrimoniales, activos y pasivos, y relaciones jurídicas afectos a cada una de ellas, a favor de cinco Sociedades Beneficiarias de nueva creación: las entidades GRUPO ACOSTA MATOS, S.L. PROMOCIONES ACOSTA MATOS, S.L., CONSTRUCCIONES ACOSTA MATOS, S.L. (esta última sociedad beneficiaria que adoptará la denominación de la Sociedad Escindida conforme al artículo 418.2 RRM), GRUPO PATRIMONIAL ACOSTA MATOS, S.L. y HOTEL CALLAO ADEJE, S.L., así como la simultánea fusión por absorción de la entidad INAMATOS, S.L. con la entidad GRUPO PATRIMONIAL ACOSTA MATOS, S.L., tal y como esta resulte de la referida escisión, quien, como Sociedad Absorbente, adquirirá en bloque y por sucesión universal el patrimonio de INAMATOS, S.L., Sociedad Absorbida, la cual se disolverá y extinguirá sin liquidación y quien aprobó la fusión en su Junta General de socios de la misma fecha también por unanimidad.

Se hace constar que la operación de escisión y simultánea fusión se realiza conforme al Proyecto aprobado con fecha 30 de junio de 2023, quedando las operaciones de escisión y fusión sujetas a la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales ("LME"), por aplicación del régimen transitorio del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio y realizadas sobre la base de los balances cerrados a 31 de diciembre de 2022.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos y balances de escisión y fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las mismas, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión y escisión, en los términos del artículo 44 LME.

En Las Palmas de Gran Canaria, 6 de noviembre de 2023.- Dña. Laura Patricia Acosta Matos, Consejera delegada de Construcciones Acosta Matos, S.A. y Administradora solidaria de Inamatos, S.L.

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