Contingut no disponible en valencià

Us trobeu en

Documento BORME-C-2023-6759

MASER, MAQUINARIA Y SERVICIOS, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
MASER, MAQUINARIA Y SERVICIOS, S.A.
ALEUN INVERSIONES, S.A.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 217, páginas 8117 a 8117 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-6759

TEXTO

Anuncio de escisión total.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de la palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposiciones de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea ("Nueva LME"), se hace público que el día 6 de noviembre de 2023 el Consejo de Administración de Maser, Maquinaria Y Servicios, S.A. (Sociedad escindida), en ejercicio de sus competencias, ha aprobado la escisión total a favor de las sociedades de nueva creación Maser, Maquinaria Y Servicios, S.A., y, Aleun Inversiones, S.A., todo ello en los términos establecidos en el Proyecto Común de Escisión formulado por el Órgano de Administración de la sociedad escindida el 27 de junio de 2023.

La escisión se realiza mediante trasmisión en bloque del total del patrimonio de la Sociedad Escindida a favor de dos Sociedades Beneficiarias de nueva creación, que supondrá la disolución y extinción sin liquidación de la Sociedad Escindida, con división de todo su patrimonio.

Se trata de una escisión por constitución de dos nuevas sociedades, que distribuye las acciones de cada una de las sociedades a los socios de la sociedad que se escinde proporcionalmente a los derechos que tienen en el capital social de esta. Se ha realizado en consecuencia sin necesidad de que concurran los requisitos determinados en el artículo de 71.1. de la Nueva LME.

El acuerdo de escisión fue adoptado por la Sociedad Escindida, en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios con derecho a voto, no habiéndose por tanto dado publicidad al proyecto de escisión, ni habiendo sido depositado el mismo en el Registro Mercantil. Asimismo, fue aprobado como Balance de Escisión el cerrado a 31 de diciembre de 2022.

A los efectos de lo establecido en el artículo 10 de la Nueva LME, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad Escindida a obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión adoptados y de los balances de escisión aprobados. Se informa a los señores acreedores de su derecho de oposición, en los términos de los artículos 13 y 70 de la Nueva LME.

Igualmente, se hace constar el derecho de información que corresponde a los trabajadores sobre el objeto y el alcance de la escisión, en los términos de los artículos 7, 9.2. y 46 de la Nueva LME.

Bilbao, 9 de noviembre de 2023.- El Secretario del Consejo de Administración, Don David Rojo Alegre.

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid